ORDEN DEL DIA
1.
Borrador del Acta de la Sesión Anterior.
2.
Informes de la Alcaldía
3.
Pronunciamiento sobre la viabilidad de
construcción de cochera para el servicio contra incendios.
4.
Reglamento del Servicio Municipal de Agua.
5.
Designación de representante de este
Ayuntamiento en el Consejo Escolar del Instituto de Educación Secundaria
Quercus.
6.
Disolución del Consorcio de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Cáceres.
7.
Cuenta General del Presupuesto 2011.
8.
Modificación de Créditos nº 9
9.
Ruegos y Preguntas.
3.- Pronunciamiento
sobre la viabilidad de construcción de cochera para el servicio contra
incendios.
Se pide al
Pleno de Concejales que se pronuncie sobre la oportunidad y disposición a
autorizar la cesión de aproximadamente 800 m2 para la habilitación de centro de
automóviles de las brigadas de extinción de incendios de Monfragüe, dentro de
los 5.000 m2 destinados al Centro de Recepción de Visitantes del Parque de
Monfragüe, de próxima construcción junto al Camping del mismo nombre.
4.-
Reglamento del Servicio Municipal de Agua.
El gobierno
municipal presenta para su aprobación un Reglamento del Servicio Municipal de
Abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado y Depuración de Malpartida de
Plasencia. Es un reglamento que una vez aprobado quedará suscrito al
cumplimiento de unos deberes y obligaciones, tanto por parte del Ente que
preste el servicio (en nuestro caso el ayuntamiento) como por parte de los
abonados y ciudadanos. Facturación, recibos y lecturas trimestrales, o control
de vertidos son, entre otros, algunos de los aspectos que también se
reglamentan.
El portavoz
del PSOE declara que votarán abstención, porque aunque conocen el Reglamento,
pues participaron en su confección en la legislatura pasada, desconocen si el
fin de la aprobación del Reglamento de Agua es el primer paso para que
posteriormente sea privatizada. Y, en tal caso, echan en falta una cláusula que
fijara las condiciones de dicha privatización, como así lo hicieron ellos en la
anterior legislatura, cuando tenían previsto presentar para su aprobación este
Reglamento.
El Alcalde
manifiesta que no hay ninguna intención der privatizar el Servicio Municipal de
Agua.
El portavoz
de IU manifiesta que, prácticamente ya
conocían el reglamento que traen para su aprobación. Es un reglamento que el
anterior ayuntamiento socialista no se atrevió a llevar a pleno para su
aprobación, después de que se desmoronara su intención de privatizar el
servicio. Entonces Izquierda Unida se negó a formar parte de la comisión en la
que los concejales del PSOE y el PP adaptaban un reglamento de Servicio
Municipal de Agua para nuestra
localidad, y para la finalidad antes referida.
Sólo era un instrumento necesario para
la posterior privatización del servicio, y es una lástima, porque el Reglamento
es bueno, para delimitar responsabilidades, regular derechos y obligaciones del
Servicio y de los Abonados, ya sean viviendas o instalaciones industriales,
vertidos a la red, etc, etc.
No se oponen a que el Ayuntamiento se
dote con un reglamento de esta naturaleza, siempre que siga siendo éste el Ente
que explote el servicio. Lo que venimos echando en falta, entonces y ahora, es
un plan de explotación que esté a la altura del reglamento. Sólo una
metodología y procedimientos rigurosos, técnicos y humanos, que permitan
corregir en eficacia la calidad de un servicio de esta naturaleza, que se
presta a todos los ciudadanos, y que no vamos a omitir, en algunos aspectos
manifiestamente mejorable.
5.-
Designación de representante de este Ayuntamiento en el Consejo Escolar del
Instituto de Educación Secundaria Quercus.
Se aprueba.
6.- Disolución del Consorcio de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Cáceres.
Hace poco más de dos años la Diputación Provincial, a través del
gobierno socialista entonces en el ayuntamiento, presentó para su aprobación,
como así fue, un convenio con el SEPEI en el que se fijaba una cantidad a pagar
por ciudadano, y que el ayuntamiento abonaría anualmente, para la previsión y
pago de las intervenciones que se pudieran producir en las localidades.
Ahora la Diputación disuelve el convenio. Con el agravante, para
muchas localidades como es la nuestra, de haber hecho efectivas a las cuotas, y
apareciendo, entre otras localidades morosas, las grandes ciudades con cuotas
millonarias, que no se pagarán…
Se aprueba pronunciamiento sobre disolución del consorcio con los
votos favorables del PP y PSOE. Los concejales de Izquierda Unida se abstienen.
7.- Cuenta
General del Presupuesto 2011.
Se aprueba.
8.-
Modificación de Créditos nº 9.
El gobierno municipal, como es perceptivo aunque tenga mayoría
absoluta, y aunque algunos gastos ya estén comprometidos, trae para su
aprobación la modificación de crédito nº9 a los presupuestos.
El expediente de modificación de créditos n.º
9/2012 del Presupuesto en vigor adopta la modalidad de suplemento de
crédito y generación de ingresos, de acuerdo con el siguiente detalle:
Ampliación en
Aplicaciones de Gastos
Partida
|
Concepto
Partida
|
Importe
|
12-1.214
|
Reparaciones, mantenimiento
y conservación. Elementos de transportes (reparación
camión basura, dumper y vehículos municipales)
|
2.000
|
12-3.216
|
Reparaciones, mantenimiento
y conservación. Equipos para el proceso de la información (Casa de Cultura, Biblioteca, P. Tutelado, Piscina,
Pabellón Cubierto, Centro Jóvenes, etc.)
|
600
|
12-1.221
|
Material, suministros y
otros (suministro de energía eléctrica
alumbrado público, combustibles para vehículos y maquinaria municipal,
reactivos depuradora y otro material)
|
20.000
|
12-9.225
|
Material, suministro y
otros. Tributos (impuesto eliminación residuos
sólidos urbanos)
|
7.500
|
12-1.619
|
Otras Inversiones de
reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general (calles, callejas, caminos, entorno laguna, parque
municipal, ec.)
|
60.000
|
12-1.623
|
Inversión nueva
asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Maquinaria,
instalaciones técnicas y utillaje
Aportación municipal instalación de punto limpio
13.800
Adquisición de dumper para obras
25.000
Suma ....... ... ...
38.800
|
38.800
|
12-3.625
|
Inversión nueva
asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Mobiliario
Cortinas Colegio Las Eras
2.500
Maquinaria deportiva para gimnasio (bicicletas
elípticas)
10.100
Suma ... ...
12.600
|
12.600
|
12-3.632
|
Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Edificios y otras
construcciones (Reposición de canceles en la Iglesia Parroquial
San Juan Bautista)
|
66.037,34
|
Total ... ... ... ... ... ... ... ...
|
207.537,34
|
Financiación:
Las expresadas
ampliaciones de créditos se financiarán de la siguiente forma:
D E S C R I P C I O N
|
EUROS
|
Con cargo al remanente líquido de tesorería
para gastos generales
|
169.333,91
|
Con cargo al
remanente afectado a proyectos financiados con ingresos afectados
|
0
|
Generación de créditos
|
38.203,43
|
Mediante anulaciones o bajas de créditos
|
0
|
Total financiación de modificaciones de
créditos
|
207.537,34
|
La partida del
Presupuesto de Ingresos que se modifica, como consecuencia de la incorporación
al Presupuesto de la subvención de ADEME es la siguiente:
Partida
|
CONCEPTO
|
Previsión
anterior
|
Modificación
|
Total
Presupuesto
|
12-75000
|
De la Comunidad Autónoma
Ayuda ADEME para la “Reposición de canceles de la Iglesia Parroquial
San Juan Bautista”
33.753,31
Total
33.753,31
|
99.309,86
|
38.203,43
|
137.513,29
|
Total
modificaciones ... ...
|
38.203,43
|
9.- Ruegos y
Preguntas.
Incumplimiento periodicidad de pleno.
Desde el
pasado día 9 de agosto en el que se celebró el último pleno ordinario hasta el
día de hoy han trascurrido 4 meses…
P.: ¿ Conoce usted las normas y
disposiciones que reglamentan el funcionamiento de los órganos de gobierno de
un ayuntamiento, concretamente las del pleno?. ¿ Sabe que se ha excedido en un
mes el límite máximo del tiempo fijado entre plenos para su celebración ?.
Empleo.
Brevemente y como es preceptivo, una exposición
de motivos que justifique la formulación de la pregunta.
Las alarmantes
cifras de paro que soporta la localidad hacen de este el asunto más sensible
que sufrimos todos. Se comprende que el Ayuntamiento no va a poder paliar todas
las consecuencias que esta situación conlleva para tantos ciudadanos; aunque su
alcance sólo lo define el gobierno que gestiona el presupuesto municipal. Y la
sensibilidad y rigurosidad con la que se distribuyan las contrataciones serán,
al menos, garantía de buen gobierno para los ciudadanos. Despejar algunas dudas
que estos nos plantean es el motivo de estas preguntas.
El 9 agosto, fecha de celebración del
último pleno, su gobierno presentó y aprobó un Plan de Empleo Local con el
objeto ineludible de atender la excepcionalidad que la situación de desempleo
está provocando. En el mismo plan, y con buen criterio, se enumeran las
preferencias para que sean contratadas
las personas que más lo requieran.
El dicho
plan leemos: “tendrán preferencia primera, formar parte
de unidades familiares en las que todos sus miembros se encuentren en situación
de paro y no perciban prestación alguna por desempleo ni otras rentas”.
El pasado jueves se llevó a cabo un primer
sorteo de 6 puestos de contratación directa amparados bajo dicho Plan Local.
P.: ¿Por qué ahora la preferencia primera ( es decir…) ya no
figura así entre las condiciones requeridas ?. ( sustituyéndose por sólo “no
trabajar ningún miembro de la unidad familiar”)
Por otro lado, el pasado 15 de octubre, y en
este caso con cargo a la subvención del Servicio Extremeño Público de Empleo
(programa experiencia 2012), se convocó otras 17 contrataciones. Entre las
condiciones exigidas se dice que: “no se tendrá en cuenta, a la hora efectuar
las selección, a aquellas personas que hayan tenido una relación laboral con
este ayuntamiento en los cuatro años anteriores al 15 de octubre de 2012”.
Sin embargo, hay personas seleccionadas que incumplen este
requisito.
P.: ¿Conoce estas circunstancias?.
Y finalmente también referido al empleo:
Son numerosos los ciudadanos que quieren
saber. P.: ¿por qué no se contrata a
otras personas para empleos municipales que sin ser fijos se prolongan,
impidiendo una distribución más social en estos momentos de precariedad; y
también a favor de esto: que de las actividades que se desempeñan en esos
puestos hay en paro personas suficientemente cualificadas en estos momentos
para llevarlas también a cabo…?.
Reclamación responsabilidad patrimonial
de vecinos afectados.
Desde hace ya más de un año, casi una treintena
de vecinos sostienen una reclamación contra este ayuntamiento por las averías
producidas en sus aparatos de calefacción debido a la presencia excesiva de cal
en el agua. Pretextando que se mantiene con la compañía de seguros el
contencioso para el reconocimiento de responsabilidades, no se asume que este
fenómeno es la reproducción del mismo producido un año antes. El gobierno de
entonces finalmente reconoció su responsabilidad, reembolsando el costo de las
averías a los vecinos afectados. Ahora, también al igual que entonces, dilatan
y dan largas a las consultas que tanto los vecinos como este grupo viene
haciendo periódicamente sobre este incidente.
P.: ¿Tienen algo
nuevo que decir sobre este particular?
Seguro concejales.
También en el pleno del pasado 9 de
agosto y dentro de una modificación de crédito, ustedes aprobaron la contratación de un nuevo seguro de
responsabilidad civil que incluía a los miembros de la corporación (alcalde y
concejales) por los daños que puedan derivarse producidos en “la prestación” de
sus decisiones… Ya nos pronunciamos razonadamente en contra de ello, y la
argumentación puede leerse en las actas de dicho pleno. Ahora hemos conocido
que la póliza se ha suscrito con una empresa participada por un familiar
directo de un miembro de su gobierno.
P.: Díganos. ¿Conoce usted las circunstancias?
¿qué procedimiento de contratación se llevó a cabo ? ¿se valoraron otras
proposiciones?. En la comisión oportuna no se vio la documentación…
ACTAS PLENO 8 DE AGOSTO
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA
CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 9 DE AGOSTO DE 2012
ASISTENTES
ALCALDE - PRESIDENTE
D.
Marcelo Barrado Fernández
CONCEJALES
D.
Ángel Fernández Mateos
Dª.
María Saliente Recio Serrano
Dª.
María Isabel de la
Llave Barbero
D.
Juan Antonio Sánchez Casillas
D.
Fernando Sánchez Canelo
D.
Jesús María García Martín
Dª.
Mª. Carmen Oliva Martín
D.
Javier Mateos Núñez
Dª.
Nuria Carrasco Mora
SECRETARIO-INTERVENTOR
D.
Teodoro Álvarez Sánchez
|
En Malpartida de Plasencia, siendo las
doce horas del día nueve de agosto de
dos mil doce, en el Salón de Actos de la Casa Consistorial
se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión pública ordinaria, bajo la Presidencia del Sr.
Alcalde-Presidente, D. Marcelo Barrado Fernández, con la asistencia de los
Concejales que se relacionan al margen, que son todos los que forman la Corporación Municipal,
a falta de D. Jose Manuel Barreras García, que tenía excusada su asistencia.
Empezada que fue la sesión, por orden
del Sr. Alcalde, dio comienzo la misma, tratándose los siguientes asuntos que
forma el ORDEN DEL DÍA:
1.- ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Por
unanimidad se aprueba el acta de la sesión anterior.
2.- TOMA DE POSESIÓN DE
D. RAÚL BARRADO MÓDENES COMO CONCEJAL DE ESTE AYUNTAMIENTO.
Se procedió a la toma de posesión de D. Raúl Barrado
Módenes como concejal de este Ayuntamiento, en sustitución de D. Fernando
Sánchez Canelo, según credencial expedida por la Junta Electoral
Central con fecha 5 de julio de 2012.
Tras prestar promesa de su cargo según la fórmula
legalmente establecida, el Sr. Alcalde le da posesión del cargo de Concejal de
este Ayuntamiento y se incorpora a la sesión.
3.- INFORMES DE LA ALCALDÍA.
El Sr. Alcalde informa de los siguientes asuntos de interés
municipal.
- El Grupo socialista ha designado a D. Jesús García
Martín como nuevo portavoz en sustitución de D. Fernando Sánchez Canelo.
- Por Resolución de la Alcaldía, de fecha
3/08/2012, se ha aprobado la modificación de crédito 5/2012, cuyo contenido es
el siguiente:
ESTADO
DE INGRESOS
Partida
|
CONCEPTO
|
Previsión
anterior
|
Modificación
|
Total
Presupuesto
|
12-39901
|
Otros ingresos diversos (Derechos de examen aspirantes a plaza de Policía
Local)
|
25.000
|
3.630
|
28.630
|
12-76100
|
De Entidades Locales.
Diputación Provincial (subvención para
adquisición equipamiento dependencias municipales)
|
0
|
6.858,29
|
6.858,29
|
Total
modificaciones ... ...
|
10.488,29
|
Las aplicaciones del Presupuesto
de gastos para las que se genera crédito son las siguientes:
ESTADO
DE GASTOS
Partida
|
CONCEPTO
|
Crédito
anterior
|
Crédito
generado
|
Total
Crédito
|
12-9.22000
|
Material, suministros
y otros (test prueba psicotécnica)
|
22.000
|
1.077
|
23.077
|
12-9.22700
|
Trabajos realizados
por otras empresas y profesionales (Psicólogo)
|
40.000
|
600
|
40.600
|
12-9.23300
|
Otras indemnizaciones
(Indemnizaciones miembros del Tribunal
calificador)
|
1.500
|
1.953
|
3.453
|
12-9.62500
|
Inversiones nuevas asociadas
al funcionamiento operativo de los servicios (Adquisición
equipamiento para dependencias municipales subvencionado por Diputación
|
3.000
|
6.858,29
|
9.858,29
|
Total
modificaciones ... ...
|
10.488,29
|
RESUMEN
Totales
Ingresos Generados ... ... ... ..
|
10.488,29
|
Totales
Créditos Generados ... ... ... ..
|
10.488,29
|
Se da cuenta asimismo del informe de intervención según
el cual la modificación de créditos cumple con el objetivo de estabilidad
presupuestaria:
4.- Programa de Inversiones de la Exma. Diputación
Provincial (Obra 12/075/2012 “Pavimentaciones”).
Se
da cuenta del escrito recibido de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres, de 13 de junio de 2012, en el que se comunica la
inclusión de este Ayuntamiento en el Programa de Inversiones 2012, con la obra
12/075/2012, denominada “Pavimentaciones”, con un presupuesto de 207.480,00
euros, de los que 176.358,00 euros serán aportados por la Diputación y los
31.122,00 euros restantes, por este Ayuntamiento.
La
Corporación, por unanimidad, acuerda:
1º.- Aprobar el Proyecto Técnico correspondiente a la
obra 12/075/2012, denominada “Pavimentaciones”, que con un Presupuesto de
Ejecución por Contrata de 207.480,00 €, figura incluido en el PROGRAMA DE
INVERSIONES para el año 2012 de la Excma Diputación Provincial de Cáceres, del que
es autor el Ingeniero Técnico de Obras Públicas, D. Juan José Hernández Martín,
garantizando la viabilidad urbanística de la actuación reseñada.
2º.- Poner a disposición de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres todos lo terrenos, autorizaciones y concesiones
administrativas precisas para llevar a cabo los trámites para la contratación y
ejecución de la citada obra.
3º.- Autorizar a la Exma. Diputación
Provincial de Cáceres para que retenga, a través del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria, de las entregas a cuenta de los impuestos de
este Ayuntamiento durante el ejercicio de 2012, el importe de la aportación
municipal, que asciende a un total de 31.122,00 euros.
5.- RÉGIMEN DE
INCAPACIDAD TRANSITORIA DEL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO.
Se da cuenta de que el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de
julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de
la competitividad, deja sin efecto las prestaciones complementarias para la
situación de incapacidad temporal establecidas en el Acuerdo con funcionarios y
en el Convenio colectivo de personal laboral de este Ayuntamiento, a la vez que
se establece un plazo de tres meses para que se apruebe un nuevo régimen dentro
de los límites que establece el artículo 9 del citado Real Decreto-Ley.
El Sr. Alcalde propone que dicho régimen sea el mismo que
la disposición adicional decimoctava del Real Decreto-Ley 20/2012, establece
para el personal funcionario y laboral de la Administración General
del Estado, ya que dicho régimen se ajusta al máximo legalmente permitido.
D. Javier Mateos realiza la intervención siguiente:
“Otro recorte y bajada del listón en los derechos de los trabajadores.
Con el argumento, entre otros, de impedir los usos abusivos que de las bajas
laborales se puedan producir, se extiende la sospecha sobre todo el colectivo.
La gran mayoría de los funcionarios no responden a este comportamiento. Pero
como ya pocos ignoran, también esta medida forma parte del zafarrancho
recaudatorio que a diestro y siniestro se somete a la administración pública y
a lo público en general, y todo ello para pagar una deuda privada que la
mayoría de los que sufren los recortes no propiciaron. Otro sacrificio colectivo que termina
redundando en la calidad de los servicios que recibimos. Las más numerosas
bajas, y de corta duración, por lo general son estacionales. Acudir a trabajar
con la sintomatología de las afecciones infecciosas invernales para no ver
recortada la remuneración puede conminar al trabajador a resistirse a una baja,
que sumada a otras muchas sumaría un cantidad (eufemísticamente denominado
ahorro) de… cuánto?. ¿Cuál será el balance final si por otro lado se extiende
el riesgo de exposición a más bajas laborales?.”
D. Jesús García se muestra igualmente en contra de los
recortes de derechos que impone el Real Dereto-Ley, pero a favor de la
propuesta, ya que contempla el máximo nivel de cobertura permitido, por lo que
su grupo va a votar a favor, puesto que no se trata de aprobar los recortes,
sino las prestaciones en caso de incapacidad temporal.
Sometido el asunto a votación, la Corporación, por ocho
votos a favor, de los Grupos Popular y socialista, y dos abstenciones, del
Grupo de Izquierda Unida, acuerda:
PRIMERO.- Reconocer al personal funcionario y
laboral de este Ayuntamiento acogidos al Régimen General de la Seguridad Social
los siguientes complementos en los supuestos de incapacidad temporal:
1.- Cuando la situación de
incapacidad temporal derive de contingencias comunes, hasta el tercer día, se
le reconocerá un complemento retributivo del cincuenta por ciento de las retribuciones
que se vinieran percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad.
Desde el día cuarto hasta el vigésimo, ambos inclusive, se reconocerá un
complemento que sumado a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social
sea equivalente al setenta y cinco por ciento de las retribuciones que vinieran
correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la
incapacidad. A partir del día vigésimo primero, inclusive, se le reconocerá una
prestación equivalente al cien por cien de las retribuciones que se vinieran
percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad.
El Ayuntamiento determinará los
supuestos en que con carácter excepcional y debidamente justificado el
complemento alcance el cien por cien de las retribuciones que vinieran
disfrutando en cada momento. A estos efectos, se considerarán en todo caso
debidamente justificados los supuestos de hospitalización e intervención
quirúrgica.
2.- Cuando la situación de
incapacidad temporal derive de contingencias profesionales, la prestación
reconocida por la
Seguridad Social será complementada durante todo el periodo
de duración de la misma, hasta el cien por cien de las retribuciones que
viniera percibiendo dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.
SEGUNDO.- El presente
acuerdo surtirá efectos en los procesos de incapacidad temporal que tengan
inicio transcurridos tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley
20/2012, de 13 de julio.
6.- PLAN
DE EMPLEO LOCAL
Se da cuenta del proyecto de
Plan de Empleo Local, por importe de 168.255 euros, de los que el 80% se
destinan al empleo directo.
D. Jesús García comenta que no
ve claro el programa de formación previsto en el Plan, ya que considera que el
problema actual no es de formación, sino de falta de actividad.
Se muestra de acuerdo con la
subvención por creación de empleo, pero duda de su efectividad, ya que las
empresas no van a contratar trabajadores si no tienen trabajo para emplearlos.
Respecto del programa de
autoempleo, considera que es muy difícil empezar con una ayuda de tres mil
euros.
Manifiesta su intención de
abstenerse en la votación y lo justifica con los argumentos siguientes:
- Se podrían haber destinado más
recursos al Plan de Empleo, como ya propuso el anterior portavoz del Grupo
socialista, ya que además de ahorro, hay un remanente importante.
- Se debería destinar todo el
importe del Plan a la creación de empleo directo por parte del Ayuntamiento.
D. Javier Mateos realiza la
intervención siguiente:
“Nos congratulamos que por parte del gobierno
municipal se acometa un plan de empleo con fondos propios. Si tenemos
disponibilidad financiera, con las cifras de paro y la situación económica de
muchas familias de la localidad, es de justicia que este ayuntamiento adopte
medidas para su contención. El grupo municipal de Izquierda Unida así lo venía
reclamado desde el inicio de la legislatura. Nuestra propuesta de facilitar el
mayor número de contrataciones para llegar a la mayor cantidad de familias,
parece que se contempla en el apartado Empleo Directo de la propuesta que nos
traen; y también, con buen criterio, se han incluido fondos económicos para la
subvenciones de y Apoyo a la Contratación. Sin embargo, consideramos que la
cifra consignada es insuficiente. El hecho de que se haya insistido en el
origen de los fondos consignados para este plan, pertenece más a los gestos
políticos que a una valoración sobre las verdaderas necesidades de planes para
la urgente contratación.
Además,
la inclusión de programas (cursos) de Formación en este plan de empleo y las
condiciones para su desarrollo, dejan algunas incógnitas. Por una parte detrae
dinero de los otros programas con los que comparte en una cantidad también sin
determinar. Y la proposición de cursos en los que su requisito es “que persigan
la formación de parados para posibles contratos con el Ayuntamiento dentro de
la medida de empleo directo” parece un itinerario en el que “lo directo” se
condiciona.”
Sometido el asunto a votación, la Corporación, por cinco
votos a favor, del Grupo Popular, ningún voto en contra, y cinco abstenciones,
de los Grupos Socialista e Izquierda Unida, acuerda aprobar el Programa de
Empleo Local en los mismos términos en que ha sido presentado.
7.- MODIFICACIÓN
DE CRÉDITOS NÚM. 6 DEL PRESUPUESTO DE 2012.
Se da cuenta del expediente de
modificaciones de créditos núm. 6/2012, en el que se incluye el informe de
Intervención sobre cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
y que afecta a las partidas siguientes partidas:
Ampliación en
Aplicaciones de Gastos
Partida
|
Concepto
Partida
|
Importe
|
1.210
|
Reparaciones,
mantenimiento y conservación
|
15.000
|
9.224
|
Primas de seguros
|
3.000
|
9.466
|
A entidades que
agrupen municipios
|
200
|
3.480
|
A familias e
instituciones sin fines de lucro (Subvención
C.P. Chinato)
|
30.000
|
1.622
|
Inversión nueva asociada al
funcionamiento operativo de los servicios
Redacción proyecto Casitas Parque Municipal
4.000
Construcción baños Merendero Horco del Espino
10.000
Suma ....
14.000
|
14.000
|
3.625
|
Inversiones nuevas asociadas
al funcionamiento operativo de los servicios. Mobiliario (Máquinaria deportiva para gimnasio y otro material)
|
11.000
|
9.625
|
Inversiones nuevas asociadas
al funcionamiento operativo de los servicios (Aportación
Ayuntamiento al Programa Equipamiento Municipal 2012)
|
1.200
|
3.632
|
Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Edificios y otras
construcciones (Pintura edificios)
|
6.000
|
Total ... ... ... ... ... ... ... ...
|
80.400
|
Financiación:
Las expresadas ampliaciones
de créditos se financiarán de la siguiente forma:
D E S C R I P C I O N
|
EUROS
|
Con cargo al remanente líquido de tesorería
para gastos generales
|
80.400
|
Con cargo al
remanente afectado a proyectos financiados con ingresos afectados
|
0
|
Con nuevos o mayores ingresos
|
0
|
Mediante anulaciones o bajas de créditos
|
0
|
Total financiación de modificaciones de
créditos
|
80.400
|
D.
Javier Mateos realiza la intervención siguiente:
“No se entiende la contratación de un nuevo
seguro de responsabilidad civil que cubra a los funcionarios de los daños a
terceros que se pudieran provocar en el ejercicio de sus funciones puesto que el ayuntamiento ya tiene suscrita
una póliza por los daños que puedan producirse en la prestación de sus
servicios. Como los funcionarios ya tienen delimitada sus funciones y sus
procedimientos de trabajo, los daños derivados de sus funciones ya son
cubiertos por el seguro existente.
Pero
lo que no se entiende y no se puede admitir es la inclusión de los miembros de
la corporación (alcalde y concejales) en esta póliza suscrita, también por los
daños que puedan producirse en la prestación, en este caso no de sus servicios,
sino de sus decisiones… Las competencias, deberes y obligaciones de los cargos
públicos también están definidos en la ley, por lo que los perjuicios que se
pudieran derivar por el ejercicio de sus funciones deberían ser respondidos con
su responsabilidad. Precisamente las modificaciones de las leyes locales que
impulsa el Gobierno del Estado del Partido Popular van en la dirección de
acotar y delimitar la acción de los cargos públicos para impedir que originen
desvíos en la gestión de los municipios. Aprobar una póliza de responsabilidad
civil para los cargos electos suena a blindarse para, si se producen, derivar
los costos de los perjuicios provocados en el ejercicio de sus funciones a las
cuentas del Ayuntamiento. No se puede, ni vamos a hacerlo, apoyar el gasto de
este capítulo.”
D.
Jesús García se muestra en desacuerdo con la ampliación de crédito para la
contratación del nuevo seguro de responsabilidad civil de los miembros de la
corporación y de los trabajadores del Ayuntamiento, ya que existe un póliza que
cubre la responsabilidad civil del Ayuntamiento y, hasta ahora, esa
responsabilidad no se ha trasladado a los trabajadores. En esa misma situación
se incluyen los concejales y el Alcalde. Lo que ahora se pretende es cubrir la
responsabilidad de por posibles decisiones erróneas. Esta nueva situación se
podría aceptar en lo que concierne a los trabajadores, pero lo que no se puede
aceptar es que, mediante esa póliza, los errores de los políticos los paguen
los vecinos.
Sometido
el asunto a votación, la
Corporación, por cinco votos a favor, del Grupo Popular,
ningún voto en contra, y cinco abstenciones, de los Grupos Socialista e
Izquierda Unida, acuerda:
1º.- Aprobar el expediente de
modificación de créditos núm. 3/2012 del Presupuesto de 2012, en los mismos términos en que se ha
presentado.
2º.- Someterlo a información pública
por espacio de quince días.
3º.- Considerarlo definitivamente aprobado si en citado
periodo no se presentase reclamación o alegación alguna.
8.- MOCIÓN DEL GRUPO SOCIALISTA.
D. Jesús García Martín da
lectura de la moción presentada por su Grupo y que literalmente transcrita es
como sigue:
“Desde la aprobación de la Constitución de 1978,
con acuerdo, diálogo y consenso, hemos construido y consolidado entre todos una
España democrática. Éstos han sido los principios por los que se han acometido
las reformas que afectaban a la estructura institucional del Estado.
Durante este tiempo hemos pasado
por momentos difíciles en los que incluso nuestro modelo de convivencia
democrática se ha puesto en juego, hemos afrontado juntos los efectos de las
crisis económicas, y precisamente hemos vencido y superado esas dificultades
gracias a los esfuerzos de toda la ciudadanía y de la unidad de los Grupos
políticos.
Durante esos 32 años de
Ayuntamientos democráticos, el ámbito local ha sido un buen ejemplo de cómo se
puede gobernar, defendiendo los intereses de los vecinos, aunando voluntades
políticas, buscando la colaboración y la cooperación, y los resultados han sido
visibles en el progreso de nuestros pueblos y ciudades.
La autonomía local ha sido un
referente avalado por la
Constitución y por la Carta Europea como
garantía de democracia, de cohesión social y de la vertebración de un país,
históricamente desigual en lo social y en lo económico.
Entre todos hemos diseñado un
modelo local capaz de dar más y mejores servicios a los ciudadanos, hemos
conformado entidades locales que son ejemplo de participación, de convivencia y
de solidaridad, contribuyendo a garantizar la cohesión social en todo el
territorio a través de gestión de servicios y prestaciones en el ámbito local,
desde la cercanía y la proximidad.
Desde su creación la Federación Española
de Municipios y Provincias, se ha consolidado como lugar de encuentro y
consenso de todos aquellos que por principios y vocación se sienten
municipalistas, manteniendo como objetivo el fomento y la defensa de la
autonomía de las Entidades Locales.
Durante las últimas semanas se
difunden diversas opiniones o declaraciones que parecen poner en duda el buen
funcionamiento de los Ayuntamientos y el trabajo que día a día, y en la inmensa
mayoría de las ocasiones sin recibir remuneración alguna, miles de Alcaldes y
Concejales hacen en sus pueblos y ciudades. Trabajos de un incalculable valor
si observamos el servicio que prestan a los ciudadanos, servicios que no se
pueden evaluar empíricamente, servicios cuyo principal valor está en que se
prestan porque la cercanía a los ciudadanos les permite conocer y dar respuesta
a sus problemas.
La ciudadanía, en las urnas, con
su voto, enjuicia la labor de sus Alcaldes, de sus consistorios, tiene en sus
manos decidir el gobierno de su pueblo o ciudad, elegir a los hombres y mujeres
que deben tomar las decisiones sobre la gestión de los servicios públicos
prestados, sobre la inversión y sobre la ejecución de infraestructuras
municipales. La ciudadanía tiene en sus manos decidir si los que toman las
decisiones deben seguir haciéndolo: la exigencia de los ciudadanos de mayor
ética y transparencia a los representantes políticos debe ser contestada
adecuadamente para así hacer frente a los ataques que desde posiciones
interesadas y con intereses espurios se está haciendo a la política y a la
democracia local.
Compartimos que las leyes que
regulan el ámbito local necesitan de una revisión que aborde el reparto de
competencias, la financiación, las retribuciones de los Alcaldes y Concejales
(las de aquellos que las reciben), la simplificación administrativa, las
funciones de las entidades locales intermedias y avanzar en la transparencia y
la participación ciudadana.
Por nuestras convicciones
democráticas, por espeto y coherencia a nuestra historia compartida durante
estos años y sin duda por los vecinos a los que representamos, este trabajo lo
debemos hacer desde el diálogo y desde el consenso para garantizar que nuestros
ayuntamientos puedan seguir prestando los servicios que esperan de nosotros los
ciudadanos y para garantizar la democracia de nuestro país.
Por todo ello, presentamos ante
el Pleno para su debate y aprobación, si procede, la siguiente PROPUESTA DE
RESOLUCIÓN/MOCIÓN:
1.- Reafirmar la importancia de
las entidades locales que en una realidad tan compleja, diversa y difícil,
están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a
la cohesión social, y prestar servicios esenciales y básicos, descentralizados
y de proximidad para todos.
2.- Rechazar cualquier reforma
de la Ley Reguladora
de las Bases de Régimen Local y de la Ley Electoral (LOREG) que vengan a limitar la
autonomía municipal, reconocida por la Constitución, y que pretenda restar capacidad de
decisión a la ciudadanía sobre la administración local y sus representantes.
3.- Defender nuestra autonomía
municipal, como el más eficaz instrumento para hacer realidad el principio de
igualdad de oportunidades, al mismo nivel de importancia que las otras
administraciones públicas y la necesidad de abordar en profundidad el debate
sobre las necesarias competencias municipales y su financiación adecuada.
4.- Hacer un reconocimiento a
todos los Ayuntamientos y a sus vecinos, especialmente de los municipios más
pequeños, y transmitir nuestro apoyo por la labor que viene haciendo para
mantener el territorio rural y su población de forma equilibrada y sostenible
para toda la sociedad.
5.- Dar traslado de este acuerdo
para su toma de consideración al Gobierno de España, al Gobierno de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, a los Grupos Políticos del Congreso de los Diputados, Asamblea
de Extremadura y a la Junta
del Gobierno de la FEMP
y de la FEMPEX.”
Seguidamente defiende el
contenido de la moción argumentando que se está atacando el funcionamiento de la Administración Local
y que lo que se pretende es reducir la autonomía municipal y aumentar el
centralismo. Entiende que, si hay cosas que no funcionan, se deben cambiar,
pero las reformas hay que hacerlas por consenso, ya que, de no hacerlo así, se
pueden volver a cambiar cuando cambie el Gobierno.
El Sr. Alcalde contesta que no
comparte el contenido de la moción ya que su contenido no es de la competencia
del Ayuntamiento.
D. Javier Mateos realiza la
intervención siguiente:
“Izquierda Unida de
Malpartida de Plasencia apoya esta moción no siendo posible de otra manera, ya
que nuestra propia organización, y en términos similares, también las está
presentado en gran parte de los municipios del Estado.
El Gobierno justifica la modificación de 14 artículos
de la Ley de
Bases de régimen local en la necesidad de adaptar este texto a la nueva ley de
estabilidad presupuestaria.
Tal justificación no puede calificarse más que como
falsa y mentirosa por las siguientes razones:
1º:- Los ayuntamientos tienen establecida por ley,
desde hace mucho tiempo, el cumplimiento del equilibrio presupuestario no
pudiendo aprobar en ningún caso presupuestos con déficit y viéndose obligados
en caso de existir el mismo al finalizar el ejercicio a aprobar el siguiente
presupuesto con el superávit suficiente para cubrir el déficit. Por tanto ni era urgente ni era necesaria una
modificación legal para garantizar un principio que en el caso municipal ya
existía desde hace mucho tiempo.
Los ayuntamientos tienen grandes y graves problemas
económicos pero los mismos no se han derivado de la inexistencia de una ley que
no estableciera controles presupuestarios sino que se deriva de una
insuficiencia histórica de la financiación local y en la actual crisis
económica de una caída brutal de los ingresos.
2º.- La aportación de los ayuntamientos al déficit
del conjunto de las administraciones
publicas en nuestro país es absolutamente irrelevante, por lo que no se
comprenden medidas tan radicales como las previstas para solventar un problema
inexistente o de escasa entidad.
3º.- La reforma planteada más parece una venganza
antimunicipalista que una propuesta que pretenda abordar algún problema, buscar
alguna solución a los problemas de los ciudadanos.
A la vista de los antecedentes antes expresados y el
contenido del anteproyecto al que hemos tenido acceso, la primera valoración no
puede ser más que profundamente negativa y preocupante.
En primer lugar, la reforma prevista bajo la excusa
de adecuar la Ley
de Bases de Régimen Local a la Ley
de estabilidad presupuestaria lo que hace es atacar los principios
constitucionales de autonomía local y suficiencia financiera.
Se utiliza la reforma para dar una vuelta de
tuerca al municipalismo español
limitando su capacidad política y de gestión, limitando el contenido
constitucional del principio de autonomía local y eliminando la definición
constitucional de los ayuntamientos como parte del Estado.
En definitiva establece una jerarquía entre
administraciones que en ningún caso viene reconocida en la Constitución y que
rompe con la definición de la estructura territorial del Estado.
En consecuencia avanza en la dirección contraria a lo
que han sido tradicionalmente las reivindicaciones de IU: más autonomía,
claridad competencial y más financiación.
Introducir elementos como la posibilidad de que los
municipios de menos de 20.000 habitantes puedan verse privados de sus
competencias para prestar servicios mínimos por decisión de las comunidades
autónomas, atenta claramente contra el principio de autonomía local, da una
preeminencia jurídica y política a las comunidades autónomas sobre los
ayuntamientos que no tiene sujeción legal y relega al mundo municipal a un
papel residual en el contenido político de la gestión.
Por otro lado, regular que, para llevar a cabo iniciativas públicas de
carácter económico por parte de los ayuntamientos, se tenga que aprobar por los órganos de
gobierno de las CCAA, con unas condiciones tan exageradas y unos sistemas de
control tan exhaustivos, solamente
pueden pretender que las mismas no se lleven a cabo. No debemos olvidar que el
PP a través de esta reforma pretende básicamente poner coto a la actividad
municipal, reducirla a la mínima expresión, llegando al extremo de exigir un
estudio de mercado con objeto de que la
iniciativa municipal no afecte a la concurrencia empresarial. Es decir si la
actividad se ejerce desde el ámbito privado no es necesaria la actividad
pública. Toda una declaración de intenciones y de intereses elevada al rango de
ley.
Valgan estos dos ejemplos para ilustrar el trasfondo
de una reforma que lejos de ser una mera adecuación legislativa a la normativa
estatal lo que hace es modificar el modelo constitucional de la estructura
territorial del Estado relegando a los ayuntamientos al mero papel de
delegaciones de las CCAA y del Estado, sin contenido político y sin capacidad
de gestión mas allá de lo que decidan las otras administraciones.
A nuestro juicio este proyecto vulnera lo establecido
en el Art 142 de la
Constitución española y en caso de ser aprobada habría que
cuestionar tanto política como jurídicamente su constitucionalidad.”
Sometido el asunto a votación,
la moción resultó aprobada por tres votos a favor, del Grupo Socialista, dos en
contra, del Grupo Izquierda Unida, y cinco abstenciones, del Grupo Popular.
9.- RUEGOS
Y PREGUNTAS
No se produjeron.
A las trece horas y treinta
minutos se levantó la sesión y de ella la presente acta, de todo lo cual, como
Secretario, doy fe.