RESOLUCIONES DE ALCALDÍA Y JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR
En la Junta de Gobierno del 16 de diciembre de 1011 se concedió licencia a
EXECCIONES MUNICIPALES DE PAGO PARA
1.- Eximir (no cobrar) a la ermita referida del pago de las tasas municipales por abastecimiento de agua, recogida de basuras y alcantarillado.
2.- Denegar el pago del suministro eléctrico a dicha ermita por tratarse de un edificio cuya titularidad y uso no corresponden a este Ayuntamiento.
RECLAMACIONES POR DAÑOS SUFRIDOS EN CALDERAS DE CALEFACCIÓN
Se siguen incorporando más ciudadanos afectados por la presencia de cal en las conducciones de agua potabilizada.
Se trata del segundo año en el que este incidente colectivo se registra en la localidad. A lo largo del año 2010/2011 se acumularon entorno a una treintena de casos que supusieron unos costes y trastornos importantes para los afectados y finalmente para el propio municipio, pues las reclamaciones de los daños fueron, un año después, pagadas a los vecinos. Un año después de que, entonces el Gobierno Psoe, no sólo no extrajeran ninguna conclusión del incidente sino que además no contempló la posibilidad de que se volviera a repetir. El hecho de que la dosificación de cal en la estación depuradora y durante el período noviembre-diciembre del 2010 se triplicara, tampoco fue técnicamente explicado por el entonces alcalde-gobierno.
Un año después, otro número importante de ciudadanos vuelven a verse trastornados por averías costosas y que los dejan sin agua caliente sanitaria. No cabe duda de que la responsabilidad es municipal. Tanto la de reembolsar a los ciudadanos los costes de los daños sufridos, como la de velar por la clarificación del fenómeno para que sea resuelto técnicamente de la forma más eficaz. Mantener a los ciudadanos en medio de este procedimiento sin resolver sus daños sólo es jugar al juego que dan los formulismos y formalismos de los propios procedimientos administrativos.
PUNTO DE ACOPIO TEMPORAL
Se concede licencia de obras a Construcciones Araplasa,SA para el punto de acopio de residuos de construcción y demolición, situado en parcela colindante con muro exterior del campo de futbol Eras de las Matas y junto a las naves industriales.
Se trata de una instalación en la que los escombros procedentes de las obras menores de la localidad se podrán depositar en él. Teóricamente estos residuos deben ser separados y seleccionados para que luego sean transportados y procesados en el Centro de Recogida de Plasencia, pero que aún no existe…
SUSPENSIÓN DE LICENCIA Y DEVOLUCIÓN DE TASAS
1º.- Dejar sin efecto la licencia urbanística concedida el 9/01/2007 a Construcciones Olgama C.B. para la construcción de cuatro viviendas, por renuncia de su titular, y debido a la falta de perspectivas para posterior venta.
2º.-. Autorizar la devolución de las cantidades abonadas en concepto de impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la de tasa de ocupación de la vía pública.
EL PARTIDO POPULAR SOLICITA LOCAL MUNICPAL PARA INSTALAR
En esta misma Junta de gobierno del día 20 se da cuenta del escrito presentado por
La cesión de uso se hace en precario y el beneficiario deberá dejar libre y expedito el local que se le asigne, cuando así se lo requiera el Ayuntamiento por necesidades del servicio.
El CLUB UNIÓN POLIDEPORTIVO PLASENCIA UTILIZARÁ LAS INSTALACIONES DEL ESTADIO MUNICIPAL ERA DE LAS MATAS
Mediante Resolución del Alcalde, y visto el escrito presentado por el citado club placentino, en el que debido a las obras de acondicionamiento que se realizan en sus instalaciones deportivas solicitan uso temporal de las instalaciones de nuestro municipio, resuelve acceder a ello con las siguientes condiciones:
1º.- El Club U.P. Plasencia permitirá a los abonados del C.P. Chinato al acceso gratuito a los partidos de fútbol que juegue como local en las instalaciones que se ceden.
2º.- Acordar los horarios previamente con el C.P. Chinato
3º.- Autorizar la cesión para los partidos de la temporada 2011/2012.
4º.-
BASES PARA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL
También mediante Resolución de Alcade, el 10 de febrero y, vista
Grupo C; subgrupo C1; Escala: Administración Especial; Subescala: Servicios Especiales; Denominación: Agente de
Resuelve: Aprobar las Bases reguladoras de las pruebas para la provisión en propiedad, mediante oposición libre. Convocar las pruebas selectivas. Publicar el texto de las bases de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de
UNIDADES DE EJECUCIÓN / SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN APRA EL COBRO DE
También este 10 de febrero y mediante Resolución Presidencial, se deniega la solicitud presentada por
Dicha resolución se acompaña de informe del arquitecto técnico municipal en el que se concluye que “al no quedar acreditado que se haya ejecutado el 40% de la obra, el presente informe técnico es desfavorable a lo que se solicita, debiendo aportarse el proyecto reformado que se ajuste a lo emitido con anterioridad.”
Para ello se argumenta, entre otros aspectos, que:
- Según anteriores informes emitidos por el técnico que suscribe sobre la ejecución de un muro de contención no previsto en el proyecto (que por tanto no es el que se certifica),… debe aportarse proyecto reformado en donde se contemple el presupuesto total, a origen, de la obra completa que incluya la ejecución de este muro, deduciendo el volumen de terraplenado que deja de ejecutarse.
- Al día de la fecha no se ha presentado el reformado tal como ha sido requerido, en cuyo presupuesto y en lo que respecta al capítulo segundo, deberá modificarse a la baja la medición de la partida 02:04 compactación de terrenos a cielo abierto con aporte de tierras.
Asímismo, se autoriza al citado Agente urbanizador sobre la solicitud para colocar mallazo electrosoldado en la solera de acerados de dicha urbanización, pero no se autoriza a que el costo de dicha modificación suponga una retasación de costes de urbanización y a cargo del conjunto de afectados, como así lo solicitaba en el escrito presentado a este Ayuntamiento.
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