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Fallece Carlos Canelo Tejeda

Fallece Carlos Canelo Tejeda

GACETA 44/1

GACETA 44/1

GACETA 44/2

GACETA 44/2

GACETA 44/3

GACETA 44/3

GACETA 44/4

GACETA 44/4

GACETA 44/5

GACETA 44/5

GACETA 44/6

GACETA 44/6

GACETA 44/7

GACETA 44/7

GACETA 44/8

GACETA 44/8

ingreso mínimo vital1

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ingreso mínimo vital2

ingreso mínimo vital2

#EscudoMunicipal

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PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN IU PROTECCIÓN EFECTOS COVID

PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN IU PROTECCIÓN EFECTOS COVID

MOCIÓN PROTECCIÓN COVID

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PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN REGLA DE GASTO MUNICIPAL

PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN REGLA DE GASTO MUNICIPAL

PGOU

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PGOU1

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PGOU3

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PGOU4

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ENTRE TODOS 20/30

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http://www.izquierda-unida.es/

LEY PROTECCIÓN CONTRA LA LUDOPATÍA

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miércoles, 12 de diciembre de 2012

PLENO ORDINARIO 3 DICIEMBRE Y ACTAS PLENO 8 DE AGOSTO





PLENO ORDINARIO 3 DE DICIEMBRE



ORDEN DEL DIA

1.             Borrador del Acta de la Sesión Anterior.
2.             Informes de la Alcaldía
3.             Pronunciamiento sobre la viabilidad de construcción de cochera para el servicio contra incendios.
4.             Reglamento del Servicio Municipal de Agua.
5.             Designación de representante de este Ayuntamiento en el Consejo Escolar del Instituto de Educación Secundaria Quercus.
6.             Disolución del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Cáceres.
7.             Cuenta General del Presupuesto 2011.
8.             Modificación de Créditos nº 9
9.             Ruegos y Preguntas.



3.- Pronunciamiento sobre la viabilidad de construcción de cochera para el servicio contra incendios.

Se pide al Pleno de Concejales que se pronuncie sobre la oportunidad y disposición a autorizar la cesión de aproximadamente 800 m2 para la habilitación de centro de automóviles de las brigadas de extinción de incendios de Monfragüe, dentro de los 5.000 m2 destinados al Centro de Recepción de Visitantes del Parque de Monfragüe, de próxima construcción junto al Camping del mismo nombre.

4.- Reglamento del Servicio Municipal de Agua.

El gobierno municipal presenta para su aprobación un Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado y Depuración de Malpartida de Plasencia. Es un reglamento que una vez aprobado quedará suscrito al cumplimiento de unos deberes y obligaciones, tanto por parte del Ente que preste el servicio (en nuestro caso el ayuntamiento) como por parte de los abonados y ciudadanos. Facturación, recibos y lecturas trimestrales, o control de vertidos son, entre otros, algunos de los aspectos que también se reglamentan.

El portavoz del PSOE declara que votarán abstención, porque aunque conocen el Reglamento, pues participaron en su confección en la legislatura pasada, desconocen si el fin de la aprobación del Reglamento de Agua es el primer paso para que posteriormente sea privatizada. Y, en tal caso, echan en falta una cláusula que fijara las condiciones de dicha privatización, como así lo hicieron ellos en la anterior legislatura, cuando tenían previsto presentar para su aprobación este Reglamento.

El Alcalde manifiesta que no hay ninguna intención der privatizar el Servicio Municipal de Agua.
El portavoz de IU manifiesta que, prácticamente ya conocían el reglamento que traen para su aprobación. Es un reglamento que el anterior ayuntamiento socialista no se atrevió a llevar a pleno para su aprobación, después de que se desmoronara su intención de privatizar el servicio. Entonces Izquierda Unida se negó a formar parte de la comisión en la que los concejales del PSOE y el PP adaptaban un reglamento de Servicio Municipal de Agua  para nuestra localidad, y para la finalidad antes referida.


Sólo era un instrumento necesario para la posterior privatización del servicio, y es una lástima, porque el Reglamento es bueno, para delimitar responsabilidades, regular derechos y obligaciones del Servicio y de los Abonados, ya sean viviendas o instalaciones industriales, vertidos a la red, etc, etc.
No se oponen a que el Ayuntamiento se dote con un reglamento de esta naturaleza, siempre que siga siendo éste el Ente que explote el servicio. Lo que venimos echando en falta, entonces y ahora, es un plan de explotación que esté a la altura del reglamento. Sólo una metodología y procedimientos rigurosos, técnicos y humanos, que permitan corregir en eficacia la calidad de un servicio de esta naturaleza, que se presta a todos los ciudadanos, y que no vamos a omitir, en algunos aspectos manifiestamente mejorable.

5.- Designación de representante de este Ayuntamiento en el Consejo Escolar del Instituto de Educación Secundaria Quercus.

Se aprueba.

6.- Disolución del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Cáceres.

Hace poco más de dos años la Diputación Provincial, a través del gobierno socialista entonces en el ayuntamiento, presentó para su aprobación, como así fue, un convenio con el SEPEI en el que se fijaba una cantidad a pagar por ciudadano, y que el ayuntamiento abonaría anualmente, para la previsión y pago de las intervenciones que se pudieran producir en las localidades.
Ahora la Diputación disuelve el convenio. Con el agravante, para muchas localidades como es la nuestra, de haber hecho efectivas a las cuotas, y apareciendo, entre otras localidades morosas, las grandes ciudades con cuotas millonarias, que no se pagarán…

Se aprueba pronunciamiento sobre disolución del consorcio con los votos favorables del PP y PSOE. Los concejales de Izquierda Unida se abstienen.


7.- Cuenta General del Presupuesto 2011.

Se aprueba.
8.- Modificación de Créditos nº 9.

El gobierno municipal, como es perceptivo aunque tenga mayoría absoluta, y aunque algunos gastos ya estén comprometidos, trae para su aprobación la modificación de crédito nº9 a los presupuestos.

El expediente de modificación de créditos n.º 9/2012 del Presupuesto en vigor adopta la modalidad de suplemento de crédito y generación de ingresos, de acuerdo con el siguiente detalle:
Ampliación en Aplicaciones de Gastos


Partida

Concepto Partida
Importe
12-1.214
Reparaciones, mantenimiento y conservación. Elementos de transportes (reparación camión basura, dumper y vehículos municipales)
2.000
12-3.216
Reparaciones, mantenimiento y conservación. Equipos para el proceso de la información (Casa de Cultura, Biblioteca, P. Tutelado, Piscina, Pabellón Cubierto, Centro Jóvenes, etc.)
600
12-1.221
Material, suministros y otros (suministro de energía eléctrica alumbrado público, combustibles para vehículos y maquinaria municipal, reactivos depuradora y otro material)
20.000
12-9.225
Material, suministro y otros. Tributos (impuesto eliminación residuos sólidos urbanos)
7.500
12-1.619
Otras Inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general (calles, callejas, caminos, entorno laguna, parque municipal, ec.)
60.000
12-1.623
Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje
Aportación municipal instalación de punto limpio
13.800
Adquisición de dumper para obras
25.000
Suma ....... ... ...
38.800

38.800
12-3.625
Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Mobiliario
Cortinas Colegio Las Eras
2.500
Maquinaria deportiva para gimnasio (bicicletas elípticas)

10.100
Suma ... ...
12.600

12.600
12-3.632
Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Edificios y otras construcciones (Reposición de canceles en la Iglesia Parroquial San Juan Bautista)
66.037,34
Total ... ... ... ... ... ... ... ... 
207.537,34


            Financiación:

Las expresadas ampliaciones de créditos se financiarán de la siguiente forma:
D E S C R I P C I O N
EUROS
Con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales
169.333,91
Con cargo al remanente afectado a proyectos financiados con ingresos afectados
0
Generación de créditos
38.203,43
Mediante anulaciones o bajas de créditos
0
Total financiación de modificaciones de créditos
207.537,34
La partida del Presupuesto de Ingresos que se modifica, como consecuencia de la incorporación al Presupuesto de la subvención de ADEME es la siguiente:
Partida
CONCEPTO
Previsión
anterior
Modificación
Total
Presupuesto
12-75000
De la Comunidad Autónoma
Ayuda ADEME para la “Reposición de canceles de la Iglesia Parroquial San Juan Bautista
33.753,31
Total
33.753,31

99.309,86
38.203,43
137.513,29

Total modificaciones ... ...

38.203,43



9.- Ruegos y Preguntas.

Incumplimiento periodicidad de pleno.
Desde el pasado día 9 de agosto en el que se celebró el último pleno ordinario hasta el día de hoy han trascurrido 4 meses…
P.: ¿ Conoce usted las normas y disposiciones que reglamentan el funcionamiento de los órganos de gobierno de un ayuntamiento, concretamente las del pleno?. ¿ Sabe que se ha excedido en un mes el límite máximo del tiempo fijado entre plenos para su celebración ?.
Empleo.
 Brevemente y como es preceptivo, una exposición de motivos que justifique la formulación de la pregunta.
Las alarmantes cifras de paro que soporta la localidad hacen de este el asunto más sensible que sufrimos todos. Se comprende que el Ayuntamiento no va a poder paliar todas las consecuencias que esta situación conlleva para tantos ciudadanos; aunque su alcance sólo lo define el gobierno que gestiona el presupuesto municipal. Y la sensibilidad y rigurosidad con la que se distribuyan las contrataciones serán, al menos, garantía de buen gobierno para los ciudadanos. Despejar algunas dudas que estos nos plantean es el motivo de estas preguntas.
El 9 agosto, fecha de celebración del último pleno, su gobierno presentó y aprobó un Plan de Empleo Local con el objeto ineludible de atender la excepcionalidad que la situación de desempleo está provocando. En el mismo plan, y con buen criterio, se enumeran las preferencias  para que sean contratadas las personas que más lo requieran.
El dicho plan leemos: “tendrán preferencia primera, formar parte de unidades familiares en las que todos sus miembros se encuentren en situación de paro y no perciban prestación alguna por desempleo ni otras rentas”.
El pasado jueves se llevó a cabo un primer sorteo de 6 puestos de contratación directa amparados bajo dicho Plan Local.
P.: ¿Por qué ahora la preferencia primera ( es decir…) ya no figura así entre las condiciones requeridas ?. ( sustituyéndose por sólo “no trabajar ningún miembro de la unidad familiar”)
Por otro lado, el pasado 15 de octubre, y en este caso con cargo a la subvención del Servicio Extremeño Público de Empleo (programa experiencia 2012), se convocó otras 17 contrataciones. Entre las condiciones exigidas se dice que: “no se tendrá en cuenta, a la hora efectuar las selección, a aquellas personas que hayan tenido una relación laboral con este ayuntamiento en los cuatro años anteriores al 15 de octubre de 2012”.
Sin embargo, hay  personas seleccionadas que incumplen este requisito.
P.: ¿Conoce estas circunstancias?.
Y finalmente también referido al empleo:
Son numerosos los ciudadanos que quieren saber. P.: ¿por qué no se contrata a otras personas para empleos municipales que sin ser fijos se prolongan, impidiendo una distribución más social en estos momentos de precariedad; y también a favor de esto: que de las actividades que se desempeñan en esos puestos hay en paro personas suficientemente cualificadas en estos momentos para llevarlas también a cabo…?.

Reclamación responsabilidad patrimonial de vecinos afectados.
Desde hace ya más de un año, casi una treintena de vecinos sostienen una reclamación contra este ayuntamiento por las averías producidas en sus aparatos de calefacción debido a la presencia excesiva de cal en el agua. Pretextando que se mantiene con la compañía de seguros el contencioso para el reconocimiento de responsabilidades, no se asume que este fenómeno es la reproducción del mismo producido un año antes. El gobierno de entonces finalmente reconoció su responsabilidad, reembolsando el costo de las averías a los vecinos afectados. Ahora, también al igual que entonces, dilatan y dan largas a las consultas que tanto los vecinos como este grupo viene haciendo periódicamente sobre este incidente.
P.: ¿Tienen algo nuevo que decir sobre este particular? 

Seguro concejales.
También en el pleno del pasado 9 de agosto y dentro de una modificación de crédito, ustedes aprobaron la contratación de un nuevo seguro de responsabilidad civil que incluía a los miembros de la corporación (alcalde y concejales) por los daños que puedan derivarse producidos en “la prestación” de sus decisiones… Ya nos pronunciamos razonadamente en contra de ello, y la argumentación puede leerse en las actas de dicho pleno. Ahora hemos conocido que la póliza se ha suscrito con una empresa participada por un familiar directo de un miembro de su gobierno.
P.: Díganos. ¿Conoce usted las circunstancias? ¿qué procedimiento de contratación se llevó a cabo ? ¿se valoraron otras proposiciones?. En la comisión oportuna no se vio la documentación…


ACTAS PLENO 8 DE AGOSTO 


ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 9 DE AGOSTO DE 2012


ASISTENTES

ALCALDE - PRESIDENTE

D. Marcelo Barrado Fernández

CONCEJALES

D. Ángel Fernández Mateos
Dª. María Saliente Recio Serrano
Dª. María Isabel de la Llave Barbero
D. Juan Antonio Sánchez Casillas
D. Fernando Sánchez Canelo
D. Jesús María García Martín
Dª. Mª. Carmen Oliva Martín
D. Javier Mateos Núñez
Dª. Nuria Carrasco Mora

SECRETARIO-INTERVENTOR

D. Teodoro Álvarez Sánchez







                               En Malpartida de Plasencia, siendo las doce horas  del día nueve de agosto de dos mil doce, en el Salón de Actos de la Casa Consistorial se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión pública ordinaria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, D. Marcelo Barrado Fernández, con la asistencia de los Concejales que se relacionan al margen, que son todos los que forman la Corporación Municipal, a falta de D. Jose Manuel Barreras García, que tenía excusada su asistencia.

                               Empezada que fue la sesión, por orden del Sr. Alcalde, dio comienzo la misma, tratándose los siguientes asuntos que forma el ORDEN DEL DÍA:








1.- ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

            Por unanimidad se aprueba el acta de la sesión anterior.


2.- TOMA DE POSESIÓN DE D. RAÚL BARRADO MÓDENES COMO CONCEJAL DE ESTE AYUNTAMIENTO.    

            Se procedió a la toma de posesión de D. Raúl Barrado Módenes como concejal de este Ayuntamiento, en sustitución de D. Fernando Sánchez Canelo, según credencial expedida por la Junta Electoral Central con fecha 5 de julio de 2012.

            Tras prestar promesa de su cargo según la fórmula legalmente establecida, el Sr. Alcalde le da posesión del cargo de Concejal de este Ayuntamiento y se incorpora a la sesión.


3.- INFORMES DE LA ALCALDÍA.

            El Sr. Alcalde informa de los siguientes asuntos de interés municipal.

            - El Grupo socialista ha designado a D. Jesús García Martín como nuevo portavoz en sustitución de D. Fernando Sánchez Canelo.

            - Por Resolución de la Alcaldía, de fecha 3/08/2012, se ha aprobado la modificación de crédito 5/2012, cuyo contenido es el siguiente:

ESTADO DE INGRESOS

Partida
CONCEPTO
Previsión
anterior
Modificación
Total
Presupuesto
12-39901
Otros ingresos diversos (Derechos de examen aspirantes a plaza de Policía Local)
25.000
3.630
28.630
12-76100
De Entidades Locales. Diputación Provincial (subvención para adquisición equipamiento dependencias municipales)
0
6.858,29
6.858,29

Total modificaciones ... ...

10.488,29



Las aplicaciones del Presupuesto de gastos para las que se genera crédito son las siguientes:
ESTADO DE GASTOS

Partida
CONCEPTO
Crédito
anterior
Crédito generado
Total
Crédito
12-9.22000
Material, suministros y otros (test prueba psicotécnica)
22.000
1.077
23.077
12-9.22700
Trabajos realizados por otras empresas y profesionales (Psicólogo)
40.000
600
40.600
12-9.23300
Otras indemnizaciones (Indemnizaciones miembros del Tribunal calificador)
1.500
1.953
3.453
12-9.62500
Inversiones nuevas asociadas al funcionamiento operativo de los servicios (Adquisición equipamiento para dependencias municipales subvencionado por Diputación
3.000
6.858,29
9.858,29

Total modificaciones ... ...

10.488,29



RESUMEN

Totales Ingresos Generados ... ... ... ..
10.488,29
Totales Créditos Generados ... ... ... ..
10.488,29



            Se da cuenta asimismo del informe de intervención según el cual la modificación de créditos cumple con el objetivo de estabilidad presupuestaria:


4.- Programa de Inversiones de la Exma. Diputación Provincial (Obra 12/075/2012 “Pavimentaciones”).

              Se da cuenta del escrito recibido de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, de 13 de junio de 2012, en el que se comunica la inclusión de este Ayuntamiento en el Programa de Inversiones 2012, con la obra 12/075/2012, denominada “Pavimentaciones”, con un presupuesto de 207.480,00 euros, de los que 176.358,00 euros serán aportados por la Diputación y los 31.122,00 euros restantes, por este Ayuntamiento.

                La Corporación, por unanimidad, acuerda:

            1º.- Aprobar el Proyecto Técnico correspondiente a la obra 12/075/2012, denominada “Pavimentaciones”, que con un Presupuesto de Ejecución por Contrata de 207.480,00 €, figura incluido en el PROGRAMA DE INVERSIONES para el año 2012 de la Excma Diputación Provincial de Cáceres, del que es autor el Ingeniero Técnico de Obras Públicas, D. Juan José Hernández Martín, garantizando la viabilidad urbanística de la actuación reseñada.

            2º.- Poner a disposición de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres todos lo terrenos, autorizaciones y concesiones administrativas precisas para llevar a cabo los trámites para la contratación y ejecución de la citada obra.

              3º.- Autorizar a la Exma. Diputación Provincial de Cáceres para que retenga, a través del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, de las entregas a cuenta de los impuestos de este Ayuntamiento durante el ejercicio de 2012, el importe de la aportación municipal, que asciende a un total de 31.122,00 euros.


5.- RÉGIMEN DE INCAPACIDAD TRANSITORIA DEL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO.

            Se da cuenta de que el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, deja sin efecto las prestaciones complementarias para la situación de incapacidad temporal establecidas en el Acuerdo con funcionarios y en el Convenio colectivo de personal laboral de este Ayuntamiento, a la vez que se establece un plazo de tres meses para que se apruebe un nuevo régimen dentro de los límites que establece el artículo 9 del citado Real Decreto-Ley.

            El Sr. Alcalde propone que dicho régimen sea el mismo que la disposición adicional decimoctava del Real Decreto-Ley 20/2012, establece para el personal funcionario y laboral de la Administración General del Estado, ya que dicho régimen se ajusta al máximo legalmente permitido.

            D. Javier Mateos realiza la intervención siguiente:

            Otro recorte y bajada del listón en los derechos de los trabajadores. Con el argumento, entre otros, de impedir los usos abusivos que de las bajas laborales se puedan producir, se extiende la sospecha sobre todo el colectivo. La gran mayoría de los funcionarios no responden a este comportamiento. Pero como ya pocos ignoran, también esta medida forma parte del zafarrancho recaudatorio que a diestro y siniestro se somete a la administración pública y a lo público en general, y todo ello para pagar una deuda privada que la mayoría de los que sufren los recortes no propiciaron.  Otro sacrificio colectivo que termina redundando en la calidad de los servicios que recibimos. Las más numerosas bajas, y de corta duración, por lo general son estacionales. Acudir a trabajar con la sintomatología de las afecciones infecciosas invernales para no ver recortada la remuneración puede conminar al trabajador a resistirse a una baja, que sumada a otras muchas sumaría un cantidad (eufemísticamente denominado ahorro) de… cuánto?. ¿Cuál será el balance final si por otro lado se extiende el riesgo de exposición a más bajas laborales?.”

            D. Jesús García se muestra igualmente en contra de los recortes de derechos que impone el Real Dereto-Ley, pero a favor de la propuesta, ya que contempla el máximo nivel de cobertura permitido, por lo que su grupo va a votar a favor, puesto que no se trata de aprobar los recortes, sino las prestaciones en caso de incapacidad temporal.

            Sometido el asunto a votación, la Corporación, por ocho votos a favor, de los Grupos Popular y socialista, y dos abstenciones, del Grupo de Izquierda Unida, acuerda:

            PRIMERO.- Reconocer al personal funcionario y laboral de este Ayuntamiento acogidos al Régimen General de la Seguridad Social los siguientes complementos en los supuestos de incapacidad temporal:
                1.- Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias comunes, hasta el tercer día, se le reconocerá un complemento retributivo del cincuenta por ciento de las retribuciones que se vinieran percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad. Desde el día cuarto hasta el vigésimo, ambos inclusive, se reconocerá un complemento que sumado a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social sea equivalente al setenta y cinco por ciento de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad. A partir del día vigésimo primero, inclusive, se le reconocerá una prestación equivalente al cien por cien de las retribuciones que se vinieran percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad.
                El Ayuntamiento determinará los supuestos en que con carácter excepcional y debidamente justificado el complemento alcance el cien por cien de las retribuciones que vinieran disfrutando en cada momento. A estos efectos, se considerarán en todo caso debidamente justificados los supuestos de hospitalización e intervención quirúrgica.
                2.- Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias profesionales, la prestación reconocida por la Seguridad Social será complementada durante todo el periodo de duración de la misma, hasta el cien por cien de las retribuciones que viniera percibiendo dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.
                SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos en los procesos de incapacidad temporal que tengan inicio transcurridos tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio.

6.- PLAN DE EMPLEO LOCAL
                Se da cuenta del proyecto de Plan de Empleo Local, por importe de 168.255 euros, de los que el 80% se destinan al empleo directo.
                D. Jesús García comenta que no ve claro el programa de formación previsto en el Plan, ya que considera que el problema actual no es de formación, sino de falta de actividad.
                Se muestra de acuerdo con la subvención por creación de empleo, pero duda de su efectividad, ya que las empresas no van a contratar trabajadores si no tienen trabajo para emplearlos.
                Respecto del programa de autoempleo, considera que es muy difícil empezar con una ayuda de tres mil euros.
                Manifiesta su intención de abstenerse en la votación y lo justifica con los argumentos siguientes:
                - Se podrían haber destinado más recursos al Plan de Empleo, como ya propuso el anterior portavoz del Grupo socialista, ya que además de ahorro, hay un remanente importante.
                - Se debería destinar todo el importe del Plan a la creación de empleo directo por parte del Ayuntamiento.
                D. Javier Mateos realiza la intervención siguiente:
                Nos congratulamos que por parte del gobierno municipal se acometa un plan de empleo con fondos propios. Si tenemos disponibilidad financiera, con las cifras de paro y la situación económica de muchas familias de la localidad, es de justicia que este ayuntamiento adopte medidas para su contención. El grupo municipal de Izquierda Unida así lo venía reclamado desde el inicio de la legislatura. Nuestra propuesta de facilitar el mayor número de contrataciones para llegar a la mayor cantidad de familias, parece que se contempla en el apartado Empleo Directo de la propuesta que nos traen; y también, con buen criterio, se han incluido fondos económicos para la subvenciones de y Apoyo a la Contratación. Sin embargo, consideramos que la cifra consignada es insuficiente. El hecho de que se haya insistido en el origen de los fondos consignados para este plan, pertenece más a los gestos políticos que a una valoración sobre las verdaderas necesidades de planes para la urgente contratación.
                Además, la inclusión de programas (cursos) de Formación en este plan de empleo y las condiciones para su desarrollo, dejan algunas incógnitas. Por una parte detrae dinero de los otros programas con los que comparte en una cantidad también sin determinar. Y la proposición de cursos en los que su requisito es “que persigan la formación de parados para posibles contratos con el Ayuntamiento dentro de la medida de empleo directo” parece un itinerario en el que “lo directo” se condiciona.”
                Sometido el asunto a votación, la Corporación, por cinco votos a favor, del Grupo Popular, ningún voto en contra, y cinco abstenciones, de los Grupos Socialista e Izquierda Unida, acuerda aprobar el Programa de Empleo Local en los mismos términos en que ha sido presentado.

7.- MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚM. 6 DEL PRESUPUESTO DE 2012.
                Se da cuenta del expediente de modificaciones de créditos núm. 6/2012, en el que se incluye el informe de Intervención sobre cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y que afecta a las partidas siguientes partidas:
Ampliación en Aplicaciones de Gastos

Partida

Concepto Partida
Importe
1.210
Reparaciones, mantenimiento y conservación
15.000
9.224
Primas de seguros
3.000
9.466
A entidades que agrupen municipios
200
3.480
A familias e instituciones sin fines de lucro (Subvención C.P. Chinato)
30.000
1.622
Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios
Redacción proyecto Casitas Parque Municipal
4.000
Construcción baños Merendero Horco del Espino
10.000
Suma ....
14.000

14.000
3.625
Inversiones nuevas asociadas al funcionamiento operativo de los servicios. Mobiliario (Máquinaria deportiva para gimnasio y otro material)
11.000
9.625
Inversiones nuevas asociadas al funcionamiento operativo de los servicios (Aportación Ayuntamiento al Programa Equipamiento Municipal 2012)
1.200
3.632
Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Edificios y otras construcciones (Pintura edificios)
6.000
Total ... ... ... ... ... ... ... ... 
80.400

            Financiación:
Las expresadas ampliaciones de créditos se financiarán de la siguiente forma:
D E S C R I P C I O N
EUROS
Con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales
80.400
Con cargo al remanente afectado a proyectos financiados con ingresos afectados
0
Con nuevos o mayores ingresos
0
Mediante anulaciones o bajas de créditos
0
Total financiación de modificaciones de créditos
80.400
               
                D. Javier Mateos realiza la intervención siguiente:
                No se entiende la contratación de un nuevo seguro de responsabilidad civil que cubra a los funcionarios de los daños a terceros que se pudieran provocar en el ejercicio de sus funciones  puesto que el ayuntamiento ya tiene suscrita una póliza por los daños que puedan producirse en la prestación de sus servicios. Como los funcionarios ya tienen delimitada sus funciones y sus procedimientos de trabajo, los daños derivados de sus funciones ya son cubiertos por el seguro existente.
                Pero lo que no se entiende y no se puede admitir es la inclusión de los miembros de la corporación (alcalde y concejales) en esta póliza suscrita, también por los daños que puedan producirse en la prestación, en este caso no de sus servicios, sino de sus decisiones… Las competencias, deberes y obligaciones de los cargos públicos también están definidos en la ley, por lo que los perjuicios que se pudieran derivar por el ejercicio de sus funciones deberían ser respondidos con su responsabilidad. Precisamente las modificaciones de las leyes locales que impulsa el Gobierno del Estado del Partido Popular van en la dirección de acotar y delimitar la acción de los cargos públicos para impedir que originen desvíos en la gestión de los municipios. Aprobar una póliza de responsabilidad civil para los cargos electos suena a blindarse para, si se producen, derivar los costos de los perjuicios provocados en el ejercicio de sus funciones a las cuentas del Ayuntamiento. No se puede, ni vamos a hacerlo, apoyar el gasto de este capítulo.”

                D. Jesús García se muestra en desacuerdo con la ampliación de crédito para la contratación del nuevo seguro de responsabilidad civil de los miembros de la corporación y de los trabajadores del Ayuntamiento, ya que existe un póliza que cubre la responsabilidad civil del Ayuntamiento y, hasta ahora, esa responsabilidad no se ha trasladado a los trabajadores. En esa misma situación se incluyen los concejales y el Alcalde. Lo que ahora se pretende es cubrir la responsabilidad de por posibles decisiones erróneas. Esta nueva situación se podría aceptar en lo que concierne a los trabajadores, pero lo que no se puede aceptar es que, mediante esa póliza, los errores de los políticos los paguen los vecinos.

                Sometido el asunto a votación, la Corporación, por cinco votos a favor, del Grupo Popular, ningún voto en contra, y cinco abstenciones, de los Grupos Socialista e Izquierda Unida, acuerda:

            1º.- Aprobar el expediente de modificación de créditos núm. 3/2012 del Presupuesto de 2012,  en los mismos términos en que se ha presentado.

            2º.- Someterlo a información pública por espacio de quince días.

            3º.- Considerarlo definitivamente aprobado si en citado periodo no se presentase reclamación o alegación alguna.


8.- MOCIÓN DEL GRUPO SOCIALISTA. 

                D. Jesús García Martín da lectura de la moción presentada por su Grupo y que literalmente transcrita es como sigue:
                “Desde la aprobación de la Constitución de 1978, con acuerdo, diálogo y consenso, hemos construido y consolidado entre todos una España democrática. Éstos han sido los principios por los que se han acometido las reformas que afectaban a la estructura institucional del Estado.
                Durante este tiempo hemos pasado por momentos difíciles en los que incluso nuestro modelo de convivencia democrática se ha puesto en juego, hemos afrontado juntos los efectos de las crisis económicas, y precisamente hemos vencido y superado esas dificultades gracias a los esfuerzos de toda la ciudadanía y de la unidad de los Grupos políticos.
                Durante esos 32 años de Ayuntamientos democráticos, el ámbito local ha sido un buen ejemplo de cómo se puede gobernar, defendiendo los intereses de los vecinos, aunando voluntades políticas, buscando la colaboración y la cooperación, y los resultados han sido visibles en el progreso de nuestros pueblos y ciudades.
                La autonomía local ha sido un referente avalado por la Constitución y por la Carta Europea como garantía de democracia, de cohesión social y de la vertebración de un país, históricamente desigual en lo social y en lo económico.
                Entre todos hemos diseñado un modelo local capaz de dar más y mejores servicios a los ciudadanos, hemos conformado entidades locales que son ejemplo de participación, de convivencia y de solidaridad, contribuyendo a garantizar la cohesión social en todo el territorio a través de gestión de servicios y prestaciones en el ámbito local, desde la cercanía y la proximidad.
                Desde su creación la Federación Española de Municipios y Provincias, se ha consolidado como lugar de encuentro y consenso de todos aquellos que por principios y vocación se sienten municipalistas, manteniendo como objetivo el fomento y la defensa de la autonomía de las Entidades Locales.
                Durante las últimas semanas se difunden diversas opiniones o declaraciones que parecen poner en duda el buen funcionamiento de los Ayuntamientos y el trabajo que día a día, y en la inmensa mayoría de las ocasiones sin recibir remuneración alguna, miles de Alcaldes y Concejales hacen en sus pueblos y ciudades. Trabajos de un incalculable valor si observamos el servicio que prestan a los ciudadanos, servicios que no se pueden evaluar empíricamente, servicios cuyo principal valor está en que se prestan porque la cercanía a los ciudadanos les permite conocer y dar respuesta a sus problemas.
                La ciudadanía, en las urnas, con su voto, enjuicia la labor de sus Alcaldes, de sus consistorios, tiene en sus manos decidir el gobierno de su pueblo o ciudad, elegir a los hombres y mujeres que deben tomar las decisiones sobre la gestión de los servicios públicos prestados, sobre la inversión y sobre la ejecución de infraestructuras municipales. La ciudadanía tiene en sus manos decidir si los que toman las decisiones deben seguir haciéndolo: la exigencia de los ciudadanos de mayor ética y transparencia a los representantes políticos debe ser contestada adecuadamente para así hacer frente a los ataques que desde posiciones interesadas y con intereses espurios se está haciendo a la política y a la democracia local.
                Compartimos que las leyes que regulan el ámbito local necesitan de una revisión que aborde el reparto de competencias, la financiación, las retribuciones de los Alcaldes y Concejales (las de aquellos que las reciben), la simplificación administrativa, las funciones de las entidades locales intermedias y avanzar en la transparencia y la participación ciudadana.
                Por nuestras convicciones democráticas, por espeto y coherencia a nuestra historia compartida durante estos años y sin duda por los vecinos a los que representamos, este trabajo lo debemos hacer desde el diálogo y desde el consenso para garantizar que nuestros ayuntamientos puedan seguir prestando los servicios que esperan de nosotros los ciudadanos y para garantizar la democracia de nuestro país.
                Por todo ello, presentamos ante el Pleno para su debate y aprobación, si procede, la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/MOCIÓN:
                1.- Reafirmar la importancia de las entidades locales que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a la cohesión social, y prestar servicios esenciales y básicos, descentralizados y de proximidad para todos.
                2.- Rechazar cualquier reforma de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y de la Ley Electoral (LOREG) que vengan a limitar la autonomía municipal, reconocida por la Constitución, y que pretenda restar capacidad de decisión a la ciudadanía sobre la administración local y sus representantes.
                3.- Defender nuestra autonomía municipal, como el más eficaz instrumento para hacer realidad el principio de igualdad de oportunidades, al mismo nivel de importancia que las otras administraciones públicas y la necesidad de abordar en profundidad el debate sobre las necesarias competencias municipales y su financiación adecuada.
                4.- Hacer un reconocimiento a todos los Ayuntamientos y a sus vecinos, especialmente de los municipios más pequeños, y transmitir nuestro apoyo por la labor que viene haciendo para mantener el territorio rural y su población de forma equilibrada y sostenible para toda la sociedad.
                5.- Dar traslado de este acuerdo para su toma de consideración al Gobierno de España, al Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los Grupos Políticos del Congreso de los Diputados, Asamblea de Extremadura y a la Junta del Gobierno de la FEMP y de la FEMPEX.”
                Seguidamente defiende el contenido de la moción argumentando que se está atacando el funcionamiento de la Administración Local y que lo que se pretende es reducir la autonomía municipal y aumentar el centralismo. Entiende que, si hay cosas que no funcionan, se deben cambiar, pero las reformas hay que hacerlas por consenso, ya que, de no hacerlo así, se pueden volver a cambiar cuando cambie el Gobierno.
                El Sr. Alcalde contesta que no comparte el contenido de la moción ya que su contenido no es de la competencia del Ayuntamiento.
                D. Javier Mateos realiza la intervención siguiente:
                “Izquierda Unida de Malpartida de Plasencia apoya esta moción no siendo posible de otra manera, ya que nuestra propia organización, y en términos similares, también las está presentado en gran parte de los municipios del Estado.
                El Gobierno justifica la modificación de 14 artículos de la Ley de Bases de régimen local en la necesidad de adaptar este texto a la nueva ley de estabilidad presupuestaria.
                Tal justificación no puede calificarse más que como falsa y mentirosa por las siguientes razones:
                1º:- Los ayuntamientos tienen establecida por ley, desde hace mucho tiempo, el cumplimiento del equilibrio presupuestario no pudiendo aprobar en ningún caso presupuestos con déficit y viéndose obligados en caso de existir el mismo al finalizar el ejercicio a aprobar el siguiente presupuesto con el superávit suficiente para cubrir el déficit. Por  tanto ni era urgente ni era necesaria una modificación legal para garantizar un principio que en el caso municipal ya existía desde hace mucho tiempo.
                Los ayuntamientos tienen grandes y graves problemas económicos pero los mismos no se han derivado de la inexistencia de una ley que no estableciera controles presupuestarios sino que se deriva de una insuficiencia histórica de la financiación local y en la actual crisis económica de una caída brutal de los ingresos.
                2º.- La aportación de los ayuntamientos al déficit del conjunto de  las administraciones publicas en nuestro país es absolutamente irrelevante, por lo que no se comprenden medidas tan radicales como las previstas para solventar un problema inexistente o de escasa entidad.
                3º.- La reforma planteada más parece una venganza antimunicipalista que una propuesta que pretenda abordar algún problema, buscar alguna solución a los problemas de los ciudadanos.
                A la vista de los antecedentes antes expresados y el contenido del anteproyecto al que hemos tenido acceso, la primera valoración no puede ser más que profundamente negativa y preocupante.
                En primer lugar, la reforma prevista bajo la excusa de adecuar la Ley de Bases de Régimen Local a la Ley de estabilidad presupuestaria lo que hace es atacar los principios constitucionales de autonomía local y suficiencia financiera.
                Se utiliza la reforma para dar una vuelta de tuerca  al municipalismo español limitando su capacidad política y de gestión, limitando el contenido constitucional del principio de autonomía local y eliminando la definición constitucional de los ayuntamientos como parte del Estado.
                En definitiva establece una jerarquía entre administraciones que en ningún caso viene reconocida en la Constitución y que rompe con la definición de la estructura territorial  del Estado.
                En consecuencia avanza en la dirección contraria a lo que han sido tradicionalmente las reivindicaciones de IU: más autonomía, claridad competencial y más financiación.
                Introducir elementos como la posibilidad de que los municipios de menos de 20.000 habitantes puedan verse privados de sus competencias para prestar servicios mínimos por decisión de las comunidades autónomas, atenta claramente contra el principio de autonomía local, da una preeminencia jurídica y política a las comunidades autónomas sobre los ayuntamientos que no tiene sujeción legal y relega al mundo municipal a un papel residual en el contenido político de la gestión.
                Por otro lado, regular que,  para llevar a cabo iniciativas públicas de carácter económico por parte de los ayuntamientos,  se tenga que aprobar por los órganos de gobierno de las CCAA, con unas condiciones tan exageradas y unos sistemas de control tan exhaustivos,   solamente pueden pretender que las mismas no se lleven a cabo. No debemos olvidar que el PP a través de esta reforma pretende básicamente poner coto a la actividad municipal, reducirla a la mínima expresión, llegando al extremo de exigir un estudio de mercado con objeto de  que la iniciativa municipal no afecte a la concurrencia empresarial. Es decir si la actividad se ejerce desde el ámbito privado no es necesaria la actividad pública. Toda una declaración de intenciones y de intereses elevada al rango de ley.
                Valgan estos dos ejemplos para ilustrar el trasfondo de una reforma que lejos de ser una mera adecuación legislativa a la normativa estatal lo que hace es modificar el modelo constitucional de la estructura territorial del Estado relegando a los ayuntamientos al mero papel de delegaciones de las CCAA y del Estado, sin contenido político y sin capacidad de gestión mas allá de lo que decidan las otras administraciones.
                A nuestro juicio este proyecto vulnera lo establecido en el Art 142 de la Constitución española y en caso de ser aprobada habría que cuestionar tanto política como jurídicamente su constitucionalidad.”
                Sometido el asunto a votación, la moción resultó aprobada por tres votos a favor, del Grupo Socialista, dos en contra, del Grupo Izquierda Unida, y cinco abstenciones, del Grupo Popular.

9.- RUEGOS Y PREGUNTAS
                No se produjeron.

                A las trece horas y treinta minutos se levantó la sesión y de ella la presente acta, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.