.

Fallece Carlos Canelo Tejeda

Fallece Carlos Canelo Tejeda

GACETA 44/1

GACETA 44/1

GACETA 44/2

GACETA 44/2

GACETA 44/3

GACETA 44/3

GACETA 44/4

GACETA 44/4

GACETA 44/5

GACETA 44/5

GACETA 44/6

GACETA 44/6

GACETA 44/7

GACETA 44/7

GACETA 44/8

GACETA 44/8

ingreso mínimo vital1

ingreso mínimo vital1

ingreso mínimo vital2

ingreso mínimo vital2

#EscudoMunicipal

#EscudoMunicipal

PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN IU PROTECCIÓN EFECTOS COVID

PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN IU PROTECCIÓN EFECTOS COVID

MOCIÓN PROTECCIÓN COVID

MOCIÓN PROTECCIÓN COVID

PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN REGLA DE GASTO MUNICIPAL

PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN REGLA DE GASTO MUNICIPAL

PGOU

PGOU

DESCARGA PGOU. https://www.dropbox.com/sh/2zm0jscfi2zxldd/AACI_utt0W9bKSXl_hmiw_cBa?dl=0

PGOU1

PGOU1

PGOU2

PGOU2

PGOU3

PGOU3

PGOU4

PGOU4

ENTRE TODOS 20/30

ENTRE TODOS 20/30

http://www.izquierda-unida.es/

LEY PROTECCIÓN CONTRA LA LUDOPATÍA

.

.

.

miércoles, 23 de julio de 2014

AMENAZA A LA INTEGRIDAD AMBIENTAL DE LA LOCALIDAD


El pasado 27 de septiembre de 2013, el Alcalde, apoyándose en su mayoría, fulminó nuestra norma local que impedía la instalación de empresas de resíduos peligrosos en nuestra localidad. El objeto era facilitar la instalación de una empresa de recepción  y transformación de resíduos peligrosos y biocontaminantes, incursa  en numerosos expedientes por prácticas peligrosas para la salud pública.
Para ver la información sobre dicho pleno ir a

http://iumalpartidadeplasencia.blogspot.com.es/2013/09/autoagresion-medioambiental-en.html 

En el pleno del Martes 15 de julio el Alcalde forzó una nueva vuelta de tuerca y modificó nuevamente el artículo 6.4.6 para que a la empresa le resulte ¡aún más fácil! instalarse en la localidad.

PLENO DE 15 DE JULIO

A continuación se reproduce la intervención de este Grupo Municipal referido a la modificación de autorizaciones industriales.
(Para ver el resto de intervenciones del pleno:
 http://iumalpartidadeplasencia.blogspot.com.es/2014/07/pleno-ordinario-15-de-julio-de-2014.html)


5. Modificación del art. 6.4.6 de las Vigentes Normas Subsidiarias: Aprobación inicial.

El Alcalde presenta la segunda modificación de un artículo para que pueda ser autorizada la actividad de una empresa de gestión de residuos peligrosos y bio-contaminantes que prohibía nuestra normativa y los informes medioambientales.

INTERVENCIÓN DE IZQUIERDA UNIDA

El pasado 27 de septiembre ya manifestamos nuestra rotunda oposición a la modificación del artículo referido. Lo recordamos: Nuestras Normas Subsidiarias (NNSS) impedían hasta ese momento, con muy buen criterio, la instalación de actividades industriales de “gestión de residuos sólidos urbanos y materiales de reciclado o similares”. Ese día, su gobierno, apoyándose en su mayoría, fulminó el artículo y aprobó la instalación de cualquier empresa dedicada a laGestión de toda clase de residuos, exceptuando los radioactivos”.   
          
¿Por qué y para qué?

Porque una empresa tiene un proyecto registrado en este ayuntamiento con el objeto de desarrollar las siguientes actividades industriales en el P.I. Las Pozas: 1º.- recepción y valoración de residuos peligrosos y biocontaminantes; y 2º.- incineración, inertización y evaporación para el tratamiento de dichos residuos, o para entendernos, procesos de impacto para el ambiente y la salud pública.
Estas actividades declaradas por la empresa son de tal impacto que su incomprensible apoyo no es suficiente. También es preceptiva una aprobación medioambiental de la DGMA del Gobierno de Extremadura, que por cierto fue negativa. Es decir: actividad clasificada como inadecuada para el lugar.
Hoy, otra nueva vuelta de tuerca de su mano se dispone a quitar de en medio cualquier dificultad que ponga trabas a la empresa. Va usted a cambiar nuevamente este artículo para que el proyecto de la empresa no se vea sometido a ninguna evaluación ambiental rigurosa.

¿Por qué nos opusimos entonces? Por las mismas razones que nos oponemos ahora.

1º.- Porque sigue resultando incomprensible, y no explicado, cómo se ha llegado hasta esto después de que todos los aquí presentes, hace ya tres años, tuviéramos conocimiento de que la empresa había venido incurriendo en prácticas continuadas y tipificadas como graves y muy graves, y peligrosas para la salud pública y ambiental tanto en Extremadura como en otras comunidades, y con multas millonarias?.

2º.- Porque en nuestra pequeña localidad los polígonos comparten el mismo espacio físico urbano que los vecinos (por mucho que en los planos lo queramos diferenciar entre suelo urbano y no urbano, industrial o no), lo que significa que solo será cuestión de tiempo las incompatibilidades y malestares ambientales. En la geografía española abundan los ciudadanos residentes cerca de estas instalaciones y que agrupados desesperadamente en plataformas, pelean por una batalla que perdieron cuando la empresa se instaló… Y eso sin contar con la complicación que supondrá para nuestra administración local y sus futuros ayuntamientos, alcaldes y concejales, la “vigilancia y atención” de la actividad, habida cuenta de los antecedentes que acumula… Les recordamos que la actividad que quieren aprobar ahora para que la empresa se instale: recepción, selección y almacenamiento no olvidemos de residuos contaminantes,  ya se realiza en la localidad de Plasencia, pero situada en el punto más alejado del polígono más alejado de la ciudad. ¿Las ha visitado usted?. También esta instalación ha sido objeto de expedientes por instalaciones anómalas e incidentes de gravedad. ¿ Se ha informado usted sobre el particular, por ejemplo, de la mano de su alcalde amigo de Plasencia?.

3º.- Resulta incongruente autorizar esta actividad dentro de un polígono proyectado precisamente bajo una normativa que excluía actividades de este carácter y que, antes o después, terminará impactando más allá de la propia instalación y límite de la parcela donde se ubique. Las empresas agroalimentarias (como la que recientemente fue visitada y elogiada por la Vicepresidenta del Gobierno de Extremadura) cuando se instalaron aquí lo hicieron dentro del marco de una reglamentación que tenía una lógica de incompatibilidades, y que ustedes dentro de un momento van a tumbar. ¿Qué opinan estas empresas?, ¿saben algo de esto?. Esto no se puede compatibilizar. Tampoco con la industria de los recursos naturales de nuestro entorno y comarca: empresas de naturaleza, ocio, alojamientos,… ¿qué opinan estas empresas locales?, ¿saben algo de esto?.
No se compatibiliza tampoco con sus elogios, y el aprovechamiento de las subvenciones provenientes de los organismos relacionados con el Parque Natural y administraciones medioambientales, que su gobierno mismo ha destinado a inversiones de puesta en valor de elementos relacionados con estos recursos. Es una contradicción.

El “término” Malpartida de Plasencia alcanza su mayor proyección, dentro y fuera de nuestra fronteras, gracias a los enlaces Parque Nacional, Reserva de la Biosfera, Lugares de Interés Comunitario, Zonas de Especial Protección de Aves,… ¿qué opinan estos organismos?. Que el pueblo más grande próximo a las áreas de influencia antes mencionadas se vaya a distinguir por autorizar explícitamente actividades industriales incompatibles con ellas, significa distinguir a la localidad como un claro ejemplo de esquizofrenia. Aunque a la primera tienta esto a ser denominado como un hazmerreir, en realidad va a significar un “hazmellorar” para muchos agentes medioambientales y socioeconómicos.

En suma, nosotros consideramos que lo que se impone al pueblo es un riesgo para la Salud Integral de la localidad ( …o Vida de Calidad, como la ha definido su gobierno), y una amenaza para un desarrollo coherente con nuestros recursos y entorno geográficos.
Que esto lo vaya  a aprobar su mayoría de ediles no significa que goce del favor popular. Estamos seguros de que si los vecinos tuvieran la oportunidad de conocer los detalles mencionados no sería la misma  esta resolución.

COMENTARIOS:

Nueva decepción del Alcalde, que lejos de argumentar y justificar este asunto con argumentos convincentes, tales como perspectivas o compromisos de empleos, interés para el desarrollo de la localidad, mejora en el bienestar, o todo aquello que se pueda decir de algo convincente o que convenga…, se dedicó a desplegar un argumentario enredoso que en lugar de convencer lo único que consiguió fue acentuar las X de este asunto… 

Asi por ejemplo llegó a afirmar que la actividad autorizada ahora (y de la empresa) será similar a las que ya hay instaladas. Esto es sencillamente absurdo e indecente. Si fuera cierto que la actividad es similar, no habría sido necesaria ninguna modificación. En realidad, con esta modificación lo que han hecho ha sido romper la similitud de las actividades industriales que antes figuraban como autorizables. Es colando de manera forzosa esta nueva actividad en la lista de los usos industriales autorizados lo que la hace similar a las ya instaladas. Pero esto es en el papel. En la realidad es como poner un gusano en una cesta de fruta fresca. O como hacer “esa necesidad intestinal” en medio del jardín.

También el Alcalde informó, alegremente y sin complejos, que la nueva autorización que va a aprobar “evitará los controles de una evaluación ambiental”, (lo que significa que evitará la evaluación  rigurosa, exigente y tranquilizadora que demandan estas actividades), para posteriormente añadir que: “… si esta empresa empieza a funcionar y no cumple, habrá que decirla lo que sea. No nosotros… Para eso están las autoridades medioambientales…”. ¿Qué se puede decir de esto? ¿Qué se lava las manos ya anticipadamente, siendo hoy el que empuja al Ayuntamiento (y sus vecinos) a correr ese riesgo?.

También quiso camuflar su intolerable modificación echando la culpa a los demás, argumentando que este tipo de empresa o cualquier otra de cualquier carácter se podrían haber instalado con la anterior normativa en cualquier lugar del término municipal, incluso fuera de los Polígonos existentes. Y que lo que su gobierno quiere hacer es corregir eso. Esta afirmación es absurda y torticera. Aunque una cosa de esas sólo lo habría autorizado otro gobierno municipal de similar inconsciencia y desfatachez como el que ahora propone que para evitar de lo que podría suceder, impone que las instalemos ya! en los polígonos de manera legal.

Así mismo resulta intolerable que el Alcalde admitiera en el mismo pleno que la empresa ya ha cambiado el proyecto “porque una cosa que no era admisible, y ahora sí es admisible…”. Y que cuando es preguntado si ya ha visto el nuevo proyecto ¡responde que sí! ¡que está en el ayuntamiento!. ¡¿Cómo es posible que habiéndonos convocado la víspera para informarnos sobre la modificación ni se nos mencione este dato fundamental!. ¡Qué se puede conjeturar con estos antecedentes?, ¿que el texto del artículo que aprueban (a la fuerza) coincide con la nueva actividad que la empresa ha registrado previamente en nuestro ayuntamiento?. ¿Cabe preguntarse qué fue primero?. ¿O lo fueron al unísono?. ¿En qué términos se han llevado a cabo los encuentros del alcalde con la empresa?.

Se equivoca el alcalde si cree que está repartiendo caramelos a la puerta de un colegio. Y esto no tiene buen olor. Un asunto de esta importancia debe de ser explicado, razonado y defendido desde la transparencia. Y no puede ser escamoteado al conocimiento y opinión de los ciudadanos.

QUE NO DECIDAN POR TI


Una vez publicado en el diario oficial la modificación de este artículo, se abre un corto período de alegaciones de 30 días dentro del cual todas las personas, asociaciones, empresas, agentes sociales,… podrán presentar las alegaciones que deseen contra dicha modificación, la cual, si finalmente es aprobada, abre las puertas a la instalación de una actividad industrial que, viendo la descripción de los procesos de descontaminación, nadie querría en su pueblo.


La actividad prevista es una aberración para Malpartida, situada geográficamente en un entorno de valor por el que se viene apostando desde todas las administraciones, empresas de turismo  y actividades de naturaleza, empresas agroalimentación,... y destino de muchas subvenciones que este mismo gobierno municipal ha recibido (rutas y yacimientos, inversiones Robledo,...)
También es una agresión a la integridad, calidad de vida y futuro saludable para los chinatos presentes y futuros.
¡¡¡Y además, en todo este procedimiento, no hay ni una sola palabra de creación de empleos!!!


jueves, 17 de julio de 2014

PLENO ORDINARIO 15 DE JULIO DE 2014


                    ORDEN DEL DIA

1. Borrador del Acta de la sesión anterior.
2. Informes de la alcaldía.
3. Cuenta General del Presupuesto 2013.
4. Corrección del plano núm. 8 de la clasificación del término municipal de las Normas Subsidiarias.
5. Modificación del art. 6.4.6 de las Vigentes Normas Subsidiarias: Aprobación inicial.
6. Proyecto de “Reforma en la ETAP de Malpartida de Plasencia”.
7. Expediente de contratación de  las obras contenidas en el proyecto “Reforma de la ETAP de Malpartida de Plasencia.
8. Expediente de contratación de los aprovechamientos de pastos, montanera y labor de la Dehesa Boyal Robledo para el período 2014-2019.
9. Programa de Infraestructura Eléctrica Municipal de la Diputación Provincial. Obra 14/018/2013 “Soterramiento líneas eléctricas de M.T., B.T. y C. Seccionamiento.
10. Ruegos y preguntas. (De concejales y público asistente, y referidas a los puntos del orden del día)

La totalidad de las intervenciones se podrán conocer una vez aprobadas las actas de este pleno en el próximo que se celebre. 

3. Cuenta General del Presupuesto 2013.

La Cuenta General es un conjunto de documentos y estados contables que el Ayuntamiento tiene que elaborar y presentar a la Comisión Especial de Cuentas y que informa sobre: 1º.-La situación del patrimonio, es decir, la situación de los bienes y derechos del Ayuntamiento, de su financiación y de sus préstamos y deudas al final del año. 2º.-Los gastos, ingresos, beneficios y pérdidas del Ayuntamiento durante el año al que se refiere la Cuenta General. 3º.-Cómo se ha ejecutado el presupuesto del Ayuntamiento, es decir, ofrece información sobre cuánto y en qué se han gastado los recursos que se han obtenido en ese año, cuántos recursos se han obtenido en el año y cuáles han sido esos recursos. También se informa sobre la forma en la que se han realizado esos gastos e ingresos.
Se aprueba por unanimidad
4. Corrección del plano núm. 8 de la clasificación del término municipal de las Normas Subsidiarias.
El gobierno municipal trae al pleno para su aprobación una corrección de detalle por un error en la redacción de un plano donde aparecen calificados de forma diferente el suelo de una misma área. Situado junto al tramo de la antigua N-630 que sirve de acceso a Mirabel, el asunto es un tema menor, de corrección y de procedimiento que es aprobado por la unanimidad de concejales. 

4. Corrección del plano núm. 8 de la clasificación del término municipal de las Normas Subsidiarias.

El gobierno municipal trae al pleno para su aprobación una corrección de detalle por un error en la redacción de un plano donde aparecen calificados de forma diferente el suelo de una misma área. Situado junto al tramo de la antigua N-630 que sirve de acceso a Mirabel, el asunto es un tema menor, de corrección y de procedimiento que es aprobado por la unanimidad de concejales.  

5. Modificación del art. 6.4.6 de las Vigentes Normas Subsidiarias: Aprobación inicial.

El Alcalde presenta la segunda modificación de un artículo para que pueda ser autorizada la actividad de una empresa de gestión de residuos peligrosos y bio-contaminantes que prohibían nuestra normativa y los informes medioambientales.

INTERVENCIÓN DE IZQUIERDA UNIDA

El pasado 27 de septiembre ya manifestamos nuestra rotunda oposición a la modificación del artículo referido. Lo recordamos: Nuestras Normas Subsidiarias (NNSS) impedían hasta ese momento, con muy buen criterio, la instalación de actividades industriales de “gestión de residuos sólidos urbanos y materiales de reciclado o similares”. Ese día, su gobierno, apoyándose en su mayoría, fulminó el artículo y aprobó la instalación de cualquier empresa dedicada a laGestión de toda clase de residuos, exceptuando los radioactivos”.             
¿Por qué y para qué?
Porque una empresa tiene un proyecto registrado en este ayuntamiento con el objeto de desarrollar las siguientes actividades industriales en el P.I. Las Pozas: 1º.- recepción y valoración de residuos peligrosos y biocontaminantes; y 2º.- incineración, inertización y evaporación para el tratamiento de dichos residuos, o para entendernos, procesos de impacto para el ambiente y la salud pública.
Estas actividades declaradas por la empresa son de tal impacto que su incomprensible apoyo no es suficiente. También es preceptiva una aprobación medioambiental de la DGMA del Gobierno de Extremadura, que por cierto fue negativa. Es decir: actividad clasificada como inadecuada para el lugar.
Hoy, otra nueva vuelta de tuerca de su mano se dispone a quitar de en medio cualquier dificultad que ponga trabas a la empresa. Va usted a cambiar nuevamente este artículo para que el proyecto de la empresa no se vea sometido a ninguna evaluación ambiental rigurosa.
¿Por qué nos opusimos entonces? Por las mismas razones que nos oponemos ahora.
1º.- Porque sigue resultando incomprensible, y no explicado, cómo se ha llegado hasta esto después de que todos los aquí presentes, hace ya tres años, tuviéramos conocimiento de que la empresa había venido incurriendo en prácticas continuadas y tipificadas como graves y muy graves, y peligrosas para la salud pública y ambiental tanto en Extremadura como en otras comunidades, y con multas millonarias?.
2º.- Porque en nuestra pequeña localidad los polígonos comparten el mismo espacio físico urbano que los vecinos (por mucho que en los planos lo queramos diferenciar entre suelo urbano y no urbano, industrial o no), lo que significa que solo será cuestión de tiempo las incompatibilidades y malestares ambientales. En la geografía española abundan los ciudadanos residentes cerca de estas instalaciones y que agrupados desesperadamente en plataformas, pelean por una batalla que perdieron cuando la empresa se instaló… Y eso sin contar con la complicación que supondrá para nuestra administración local y sus futuros ayuntamientos, alcaldes y concejales, la “vigilancia y atención” de la actividad, habida cuenta de los antecedentes que acumula… Les recordamos que la actividad que quieren aprobar ahora para que la empresa se instale: recepción, selección y almacenamiento no olvidemos de residuos contaminantes,  ya se realiza en la localidad de Plasencia, pero situada en el punto más alejado del polígono más alejado de la ciudad. ¿Las ha visitado usted?. También esta instalación ha sido objeto de expedientes por instalaciones anómalas e incidentes de gravedad. ¿ Se ha informado usted sobre el particular, por ejemplo, de la mano de su alcalde amigo de Plasencia?.
3º.- Resulta incongruente autorizar esta actividad dentro de un polígono proyectado precisamente bajo una normativa que excluía actividades de este carácter y que, antes o después, terminará impactando más allá de la propia instalación y límite de la parcela donde se ubique. Las empresas agroalimentarias (como la que recientemente fue visitada y elogiada por la Vicepresidenta del Gobierno de Extremadura) cuando se instalaron aquí lo hicieron dentro del marco de una reglamentación que tenía una lógica de incompatibilidades, y que ustedes dentro de un momento van a tumbar. ¿Qué opinan estas empresas?, ¿saben algo de esto?. Esto no se puede compatibilizar. Tampoco con la industria de los recursos naturales de nuestro entorno y comarca: empresas de naturaleza, ocio, alojamientos,… ¿qué opinan estas empresas locales?, ¿saben algo de esto?.
No se compatibiliza tampoco con sus elogios, y el aprovechamiento de las subvenciones provenientes de los organismos relacionados con el Parque Natural y administraciones medioambientales, que su gobierno mismo ha destinado a inversiones de puesta en valor de elementos relacionados con estos recursos. Es una contradicción.
El “término” Malpartida de Plasencia alcanza su mayor proyección, dentro y fuera de nuestra fronteras, gracias a los enlaces Parque Nacional, Reserva de la Biosfera, Lugares de Interés Comunitario, Zonas de Especial Protección de Aves,… ¿qué opinan estos organismos?. Que el pueblo más grande próximo a las áreas de influencia antes mencionadas se vaya a distinguir por autorizar explícitamente actividades industriales incompatibles con ellas, significa distinguir a la localidad como un claro ejemplo de esquizofrenia. Aunque a la primera tienta esto a ser denominado como un hazmerreir, en realidad va a significar un “hazmellorar” para muchos agentes medioambientales y socioeconómicos.
En suma, nosotros consideramos que lo que se impone al pueblo es un riesgo para la Salud Integral de la localidad ( …o Vida de Calidad, como la ha definido su gobierno), y una amenaza para un desarrollo coherente con nuestros recursos y entorno geográficos.
Que esto lo vaya  a aprobar su mayoría de ediles no significa que goce del favor popular. Estamos seguros de que si los vecinos tuvieran la oportunidad de conocer los detalles mencionados no sería la misma  esta resolución.

COMENTARIOS:

Nueva decepción del Alcalde, que lejos de argumentar y justificar este asunto con argumentos convincentes, tales como perspectivas o compromisos de empleos, interés para el desarrollo de la localidad, mejora en el bienestar, o todo aquello que se pueda decir de algo convincente o que convenga…, se dedicó a desplegar un argumentario enredoso que en lugar de convencer lo único que consiguió fue acentuar las X de este asunto… 
Asi por ejemplo llegó a afirmar que la actividad autorizada ahora (y de la empresa) será similar a las que ya hay instaladas. Esto es sencillamente absurdo e indecente. Si fuera cierto que la actividad es similar, no habría sido necesaria ninguna modificación. En realidad, con esta modificación lo que han hecho ha sido romper la similitud de las actividades industriales que antes figuraban como autorizables. Es colando de manera forzosa esta nueva actividad en la lista de los usos industriales autorizados lo que la hace similar a las ya instaladas. Pero esto es en el papel. En la realidad es como poner un gusano en una cesta de fruta fresca. O como hacer “esa necesidad intestinal” en medio del jardín.
También el Alcalde informó, alegremente y sin complejos, que la nueva autorización que va a aprobar “evitará los controles de una evaluación ambiental”, (lo que significa que evitará la evaluación  rigurosa, exigente y tranquilizadora que demandan estas actividades), para posteriormente añadir que: “… si esta empresa empieza a funcionar y no cumple, habrá que decirla lo que sea. No nosotros… Para eso están las autoridades medioambientales…”. ¿Qué se puede decir de esto? ¿Qué se lava las manos ya anticipadamente, siendo hoy el que empuja al Ayuntamiento (y sus vecinos) a correr ese riesgo?.
También quiso camuflar su intolerable modificación echando la culpa a los demás, argumentando que este tipo de empresa o cualquier otra de cualquier carácter se podrían haber instalado con la anterior normativa en cualquier lugar del término municipal, incluso fuera de los Polígonos existentes. Y que lo que su gobierno quiere hacer es corregir eso. Esta afirmación es absurda y torticera. Aunque una cosa de esas sólo lo habría autorizado otro gobierno municipal de similar inconsciencia y desfatachez como el que ahora propone que para evitar de lo que podría suceder, impone que las instalemos ya! en los polígonos de manera legal.
Así mismo resulta intolerable que el Alcalde admitiera en el mismo pleno que la empresa ya ha cambiado el proyecto “porque una cosa que no era admisible, y ahora sí es admisible…”. Y que cuando es preguntado si ya ha visto el nuevo proyecto ¡responde que sí! ¡que está en el ayuntamiento!. ¡¿Cómo es posible que habiéndonos convocado la víspera para informarnos sobre la modificación ni se nos mencione este dato fundamental!. ¡Qué se puede conjeturar con estos antecedentes?, ¿que el texto del artículo que aprueban (a la fuerza) coincide con la nueva actividad que la empresa ha registrado previamente en nuestro ayuntamiento?. ¿Cabe preguntarse qué fue primero?. ¿O lo fueron al unísono?. ¿En qué términos se han llevado a cabo los encuentros del alcalde con la empresa?.
Se equivoca el alcalde si cree que está repartiendo caramelos a la puerta de un colegio. Y esto no tiene buen olor. Un asunto de esta importancia debe de ser explicado, razonado y defendido desde la transparencia. Y no puede ser escamoteado al conocimiento y opinión de los ciudadanos.

QUE NO DECIDAN POR TI

Una vez publicado en el diario oficial la modificación de este artículo, se abre un corto período de alegaciones de 30 días dentro del cual todas las personas, asociaciones, empresas, agentes sociales,… podrán presentar las alegaciones que deseen contra dicha modificación, la cual, si finalmente es aprobada, abre las puertas a la instalación de una actividad industrial que, viendo la descripción de los procesos de descontaminación, nadie querría en su pueblo.


6. Proyecto de “Reforma en la ETAP de Malpartida de Plasencia”.

Nos alegramos de que por fin se haya decidido a intervenir en la depuradora de agua potable. Lástima que hasta llegar aquí hayamos tenido que sufrir, yo mismo junto a muchos vecinos, la incomprensión y el desprecio, incluido el uso por su parte de útiles y herramientas comunicativas de contenidos agresivos contra las personas que estábamos llamando la atención sobre algo que funcionaba mal y reclamando una reparación por los daños sufridos. Pero en lugar de ser atendidos adecuadamente por su administración nos despachó con un bando contra un servidor de protagonista. Bando considerado de “ilegal” por los servicios consultados…
La aprobación de este proyecto de reforma de la estación de agua potable que se trae lo es por una circunstancia sobrevenida. Porque en un principio este proyecto ya está aprobado. Lo aprobaron ustedes, se contrató el proyecto y la dirección de obra y se pagaron. Hemos visto y leído este proyecto, por iniciativa propia, pues en ningún momento usted nos ha invitado a conocerlo, y sí, vemos que se actúa sobre la línea de potabilización del agua, lo que esperamos suponga una mejora en su calidad. Como decimos es un proyecto que ya lo había aprobado su gobierno. Y es un proyecto en el que la empresa a quienes la encargaron pues naturalmente ya define todos los equipos, intervenciones en la planta y los precios de todos los conceptos. Este proyecto fue encargado y ya prácticamente adjudicado a dicha empresa, y nos pareció lo adecuado debido al escaso tiempo del que el municipio dispone de autorización para este gasto. Ahora, nos informan que debido a la cuantía de la obra, esto no es posible, y que, como en el próximo punto del orden de este pleno se trae, se debe abrir un procedimiento de contratación abierto en el que podrán optar todas aquellas empresas que lo deseen. Este procedimiento, ahora, es el único posible y así será. Pero las “imprecisiones” definitorias sobre la fórmula de contratación de las obras impiden ya, por ejemplo, que las actuaciones en la reforma la puedan hacer las empresas que ahora vayan a optar a la adjudicación. Tendrán que ajustarse a una única consulta de necesidades.
Se aprueba con seis votos a favor del PP y cinco abstenciones de IU y PSOE.  

El alcalde, en su réplica, y en un arranque manipulatorio, llegó a afirmar que en la anterior intervención habíamos sostenido que la empresa redactora del proyecto iba a ser la adjudicataria de la obra. Mentira absoluta. Humo para no ser visto. En ningún momento se ha objetado nada al procedimiento que inicialmente se había definido, incluida la ejecución por parte de esta misma empresa.

7. Expediente de contratación de las obras contenidas en el proyecto “Reforma de la ETAP de Malpartida de Plasencia.

Se propone para su aprobación el procedimiento de contratación de las obras aprobadas en el anterior punto. En él se aprueba el gasto que supone la obra, y el pliego de condiciones para su contratación.
Se aprueba con seis votos a favor del PP y cinco abstenciones de IU y PSOE.  

8. Expediente de contratación de los aprovechamientos de pastos, montanera y labor de la Dehesa Boyal Robledo para el período 2014-2019.

Se aprueban las condiciones para la contratación del aprovechamiento del Robledo para los próximos 5 años. El aprovechamiento para pastos de las 1.212 hectáreas de su superficie podrá acoger 500 cabezas de ganado vacuno y 500 de caprino. Con una tasación de 126.684,41 euros.

9. Programa de Infraestructura Eléctrica Municipal de la Diputación Provincial. Obra 14/018/2013 “Soterramiento líneas eléctricas de M.T., B.T. y C. Seccionamiento.


Como recientemente se ha comunicado la concesión de subvención, por parte de la Diputación y Junta de Extremadura, para el soterramiento de líneas eléctricas a la entrada de la localidad, se aprueba la autorización para que las empresas que realicen las obras puedan intervenir.